MADRID, 21 (SERVIMEDIA)
El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) inadmitió este martes las recusaciones promovidas por más de 50 diputados del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso y del Grupo Parlamentario Ciudadanos contra el magistrado Juan Carlos Campo y la magistrada Laura Díez por presentarlas fuera de plazo en varios recursos de inconstitucionalidad, por lo que las considera extemporáneas.
Estas recusaciones de referían a la Ley de Educación, a las modificaciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial que limitó las facultades del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) mientras estuvieran en funciones, a la Ley de Eutanasia, a las normas laborales sobre los repartidores, al uso del castellano en escuelas de Cataluña y a diversas medidas adoptadas tras el estado de alarma.
Los autos explican que la composición del Pleno es pública, notoria e invariable desde el momento en que los magistrados toman posesión de su cargo. En consecuencia, tanto el magistrado Campo como la magistrada Díez tomaron posesión el 9 de enero de 2023, fecha en la que se inicia el plazo para promover su recusación de los asuntos en los que se tenga conocimiento. Ese plazo de 10 días finalizó el día 23 de enero de 2023 y los escritos de recusaciones se presentaron el día 31 de enero de 2023.
Las recusaciones de los recurrentes se fundamentaban respecto al magistrado Juan Carlos Campo en su condición de diputado y como ministro de Justicia. Respecto a la magistrada Laura Díez, como directora general de Asuntos Constitucionales y coordinación jurídica del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática en el periodo comprendido entre el 4 de febrero de 2020 y el 26 de abril de 2022.
El Pleno también inadmitió la recusación presentada contra el magistrado Campo en el recurso de amparo dirigido contra el acuerdo de la Mesa de la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados de 12 de diciembre de 2022 y el acuerdo del presidente de la Comisión del día siguiente en relación con la admisión a trámite de enmiendas parciales a una proposición de ley orgánica.
El auto razona que no se trata de resoluciones dictadas por la presidenta del Congreso ni se aduce en el escrito de recusación una intervención concreta de la misma en las resoluciones impugnadas, sin que sirva en tal sentido la remisión genérica a las funciones reglamentarias de coordinación de la presidenta del Congreso de los Diputados.
Asimismo, el Pleno acordó inadmitir las recusaciones formuladas por más de 50 diputados del Grupo Parlamentario Vox en el Congreso contra el presidente del Tribunal, Cándido Conde-Pumpido, Juan Carlos Campo, María Luisa Segoviano y Laura Díez en el recurso de inconstitucionalidad contra la Ley Orgánica de transposición de directivas europeas y otras disposiciones para 24 la adaptación de la legislación penal al ordenamiento de la Unión Europea, y reforma de los delitos contra la integridad moral, desórdenes públicos y contrabando de armas de 26 doble uso, que contiene la reforma del delito de sedición.
El Tribunal argumenta, recogiendo su reiterada doctrina jurisprudencial, que dicha recusación supondría, en caso de su tramitación, una “paralización inaceptable” de las funciones del Tribunal Constitucional ante la que debe salvaguardar el ejercicio de su propia jurisdicción.
ABSTENCIÓN DE CAMPO
Por lo que respecta al escrito de abstención presentado por el magistrado Juan Carlos Campo, el Pleno del Tribunal dictó un auto por el que acuerda estimar justificada su abstención por “haber ocupado cargo público, desempeñado empleo o ejercido profesión con ocasión de los cuales haya participado directa o indirectamente en el asunto objeto del pleito o causa o en otro relacionado con el mismo”.
En su anterior condición de diputado, participó en las votaciones del Pleno y de la Diputación Permanente del Congreso de los Diputados que aprobaron reales decretos impugnados como recursos de inconstitucionalidad sobre el régimen jurídico aplicable a la designación del Consejo de Administración de la Corporación RTVE y de su presidente, el Real Decreto relacionado con la Ley de Igualdad y el decreto de medidas urgentes por razones de seguridad pública en materia de administración digital, contratación del sector público y telecomunicaciones.
También afecta a los siguientes preceptos por su condición como ministro de Justicia: La Ley de Educación; el proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021; la norma de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica; las normas sobre los repartidores; las medidas sanitarias, sociales y jurisdiccionales tras el estado de alarma; el reglamento sobre medios electrónicos en el sector público; el proyecto de Ley Orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia; normas en materia de fiscalidad energética; de reducción de la temporalidad en el empleo público; establecimiento del mínimo vital, y normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en materia de regulación del juego.
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