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La provincia de Málaga registra 415 delitos por okupación de inmuebles entre enero y noviembre de 2022

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MÁLAGA, 20 (EUROPA PRESS)

La provincia de Málaga registró 415 delitos por okupación de inmuebles entre enero y noviembre de 2022, según aparece reflejado en una respuesta del Gobierno central a una pregunta escrita presentada por los diputados del Grupo Popular en el Congreso.

Según los datos facilitados por el Gobierno de España, consultados por Europa Press, los delitos de estas características se redujeron levemente en comparación con el año anterior, 2021, cuando se registraron a lo largo de todo el año un total de 429 hechos conocidos, la cifra más alta de los últimos ocho años (hasta 2015) –último dato facilitado–.

Así, en 2015 la cifra de delitos por okupación era de 349 y en 2016 bajó hasta 336, el menor dato en estos ocho años. Tras ello, se incremetó por encima de los 400, con 417 en 2017 y 401 en 2018. Tras ello, la cifra volvió a disminuir, registrándose 250 casos conocidos en 2019 y 371 en 2020. Fue en 2021 cuando volvió a superar los 400 con 429 delitos.

De este modo, la cifra de delitos por okupación de viviendas se ha mantenido en este periodo, con una variación máxima de 93 hechos delictivos si se comparan los datos de 2016 (336) y 2021 (429), los de menor y mayor cifra. En términos interanuales, la diferencia máxima se registra entre 2016 y 2017, con 86 casos más de un año para otro, pasando de 336 a 417.

Estos datos contabilizan los hechos relacionados con la ocupación de inmuebles en Málaga y conocidos por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en el ámbito de competencias del Ministerio del Interior, y que el Gobierno ha hecho públicos tras la pregunta de los ‘populares’ para conocer el número de inmuebles okupados, así como la información que tiene el Ministerio de Justicia sobre viviendas desalojadas en los años 2015 y 2022 en la provincia de Málaga.

Ante esta pregunta, el Ejecutivo aclara que, bajo el término “okupación de inmuebles”, se están incluyendo diferentes tipos de delitos del Código Penal. Por un lado, se incluye el allanamiento de morada y, por otro lado, la usurpación de inmuebles, sea con violencia o no, y sean residenciales o no.

En ese sentido, el Gobierno central ha aclarado que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FCSE) “actúan conforme al ordenamiento jurídico vigente, de forma urgente y perentoria en el caso de allanamiento de morada, desalojando las viviendas de inmediato, siempre que se tenga permiso del morador y este haya presentado una denuncia”.

Por otro lado, ha asegurado que las FCSE “también actúan en el caso de las usurpaciones de inmuebles, residenciales o no, pero que no son morada”.

En este caso, ha puntualizado que el proceder de las FCSE está sujeto a una orden judicial de desalojo previa, además de la intención manifiesta del propietario de recuperar su propiedad, “salvo que puedan intervenir en el momento en el que se está cometiendo el delito y sea con violencia o intimidación, en cuyo caso las FCSE si pueden desalojar los casos de usurpación en el momento”.


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