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La Fiscalía renuncia a recurrir ante el Supremo el archivo de la investigación contra la excúpula de DIA

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Su ex consejero delegado y otros directivos fueron investigados por una presunta falsedad contable en las cuentas de 2016 y 2017

MADRID, 16 (EUROPA PRESS)

La Fiscalía ha renunciado a recurrir ante el Tribunal Supremo el archivo de la investigación relativa a la antigua cúpula de DIA acordada por el juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón.

De esta forma, el archivo deviene en definitivo, según confirman a Europa Press fuentes jurídicas consultadas, que añaden que el Ministerio Público había presentado el recurso a la decisión del juez en la Audiencia Nacional pero que luego ha desistido en el Supremo.

Cabe recordar que en esta causa la Audiencia Nacional investigó tanto al ex consejero delegado de DIA Ricardo Currás como a la antigua cúpula de la compañía por presunta falsedad contable. En concreto, Currás; el que fuera su ‘número dos’, Armando Sánchez Falcón; los ex directores comerciales de DIA Luis Martínez Gallardo y Juan Cubillo; y el ex director financiero Antonio Arranz Martín figuraban como investigados por presuntamente haber engordado las cuentas de la compañía en 2016 y 2017 mediante prácticas irregulares que habrían supuesto un incremento ficticio de casi 52 millones de euros y que, una vez destapadas con la regularización contable de 2018, habrían provocado el desplome de las acciones de DIA y la entrada de la empresa en causa de disolución.

En el auto del juez de la Audiencia Nacional, al que tuvo acceso Europa Press, el juez acordaba eximirles de responsabilidad penal. Ello, después de que en diciembre de 2021 la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional revocara el procesamiento de la antigua cúpula de DIA al considerar que las supuestas maniobras contables que se investigaban no habrían sido la única causa del perjuicio económico que supuso el desplome de las acciones de la empresa de distribución.

En aquella ocasión, la Sala de lo Penal devolvió el caso al juez García Castellón tras estimar parcialmente un recurso de apelación presentado por Currás y dejar sin efecto al auto de febrero de 2021 en el que el juez Alejandro Abascal -entonces juez de refuerzo del Juzgado Central de Instrucción Número 6– propuso juzgar por un delito continuado de falsedad contable a cinco de los imputados.

El titular del Juzgado, García Castellón explicó tras la resolución de la Sala que “dado que la instrucción se encuentra finalizada” –y que la Sala de lo Penal estimó pertinente revocar el procesamiento– lo que procede es acordar el archivo de las diligencias.

LOS HECHOS NO SERÍAN DELITO

En ocho folios, el magistrado indicó que si hace suyas las conclusiones de la Sala de lo Penal puede llegar a la convicción de que “no se cumplen los requisitos del tipo penal” y que, por ende, “los hechos investigados no serían constitutivos de delito”. En este sentido, sin embargo, precisó que sí podrían tener reproche de naturaleza administrativa, en atención al quebranto de la normativa contable, pero ello no corresponde al Juzgado.

Así las cosas, García Castellón aseguraba que en este caso se había puesto de relieve que se dio una pluralidad o multitud de causas, “por lo que existen distintas hipótesis sobre la causa del descenso bursátil del valor de las acciones de DIA” y que, por ello, no era posible atribuirles un presunto delito de falsedad contable.


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