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Crea Madrid Nuevo Norte destaca que el TSJM confirma la “solidez jurídica” del proyecto y “despeja su viabilidad”

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MADRID, 14 (EUROPA PRESS)

Crea Madrid Nuevo Norte (CMNN) ha destacado este martes que la desestimación por parte del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) de nueve recursos contra el desarrollo urbano confirma la “solidez jurídica” del proyecto y “despeja su viabilidad”.

“Cuenta con el más amplio consenso institucional y social y que se ha convertido en un referente internacional de regeneración urbana sostenible mediante la colaboración público-privada”, ha remarcado CMNN en un comunicado en el que recuerda que está participado por el Gobierno Estatal a través de Adif, la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de la capital.

Para el presidente de la compañía, Álvaro Aresti, esta es “la mejor noticia posible” para un proyecto “trascendental” para Madrid tras 30 años de espera.

“Nuestra voluntad y nuestro compromiso son los de seguir impulsando la ejecución de esta actuación, que responde a la voluntad de esta ciudad y que va a contribuir a que Madrid refuerce su posición como una de las urbes más innovadoras, sostenibles y prósperas del continente”, ha proseguido.

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Una vez confirmada la legalidad y validez del planeamiento y con todos los instrumentos de gestión ya puestos en marcha, la intención de las partes responsables del proyecto es poder arrancar las obras de urbanización a lo largo del año 2024 en el ámbito de Las Tablas Oeste.

Para ello, a lo largo de 2023 está previsto presentar las iniciativas de tres de los ámbitos urbanísticos (APE 08.21 Las Tablas Oeste, APE 05.31 Centro de Negocios Chamartín y APE 08.20 Malmea-San Roque-Tres Olivos), incluyendo los proyectos básicos de urbanización, así como los de infraestructuras comunes y compartidas, y las bases y estatutos de las futuras junta de compensación.

LOS RECURSOS RECHAZADOS

Entre los recurrentes tumbados por el TSJM figuraban Ecologistas en Acción, la Federación Regional de Asociaciones Vecinales de Madrid, Muñoyerro Desarrollos Urbanos y Propiedades Chamartín S.A.)

Los demandantes solicitaban, en primer lugar, que se declarase nulo y se dejasen sin efecto los acuerdos adoptados por la Comunidad de Madrid cuando modificó el Plan General de Ordenación Urbana de 1997, ya que, según su criterio, era una medida llamada a encubrir una revisión del planeamiento urbanístico de la ciudad que se fraguó, además, decían, vulnerándose el principio del procedimiento.

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Simultáneamente, solicitaban la nulidad radical del acuerdo por haber sido fruto de un pacto previo entre ADIF/DCN y el Ayuntamiento de Madrid, algo prohibido en virtud de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid (LSCM).

Además, impugnaban el plan porque alteraba el equilibrio entre edificabilidad y cantidad y calidad de las dotaciones, adolece de la adecuada consideración de alternativas de desarrollo urbanístico en su tramitación y evaluación ambiental, o que se aprovecha urbanísticamente de los suelos actualmente afectados al dominio público ferroviario al colocar sobre ellos una enorme losa de hormigón en la que se implantará la mayor parte de las zonas verdes del desarrollo.


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