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Fiscalía se apoya en las intervenciones telefónicas para lograr la condena de los Ángeles del Infierno juzgados

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La defensa de uno de los acusados denuncia que el juicio es una caza de brujas y que el relato del fiscal solo vale para Netflix

MADRID, 10 (EUROPA PRESS)

El fiscal anticorrupción José Grinda ha defendido este viernes en el juicio que se celebra en la Audiencia Nacional relativo a la rama de los Ángeles del Infierno implantada en Mallorca que los delitos recogidos en el escrito de acusación se apoyan en los informes policiales aportados y en las conversaciones telefónicas intervenidas a los distintos acusados.

Este viernes, una vez concluida la fase de testificales, se ha centrado en la exposición de los informes de las diferentes partes, el primero en hacerlo ha sido el Ministerio Público que ha hecho especial hincapié en defender la acusación por organización criminal para los encausados, y ha apuntado que aunque los miembros de Ángeles del Infierno se hubieran constituido como asociación –algo que ha negado– hubiera sido indiferente porque habría sido utilizada “como tapadera para cometer delitos”.

Así, la Fiscalía defiende que de lo investigado “se establecen elementos de organización criminal” y apunta que ésta era independiente de otras ramas de los Ángeles del Infierno de Barcelona o Valencia y que buscaban la “clandestinidad” de este ‘capítulo’ –subgrupo–.

Por otro lado, ha sostenido que esa organización criminal, delito que muchos de los encausados que han llegado a pactos con el Ministerio Público han aceptado, contaba con una “jerarquía absoluta” y “constante” a tenor de lo recogido en diferentes intervenciones telefónicas. Y ha apuntado que uno de los principales acusados, Frank Hanebuth, estaba en la cúspide de la misma al igual que otro de los procesados, Paul Engelke.

LAS INTERVENCIONES TELEFÓNICAS

Más allá de la descripción de los delitos y de la participación de cada acusado –de los que no han llegado a pacto con la Fiscalía–, el Ministerio Público ha dedicado bastante tiempo a sostener que las intervenciones telefónicas que sustentan las acusaciones son lícitas y deben ser admitidas como prueba y como fuente de prueba. Este extremo ha sido combatido con rotundidad por la defensa de otro de los principales acusados, el lugarteniente de Hanebuth, Abdelghani Youssafi.

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Al hilo, y con intención de exponer su postura de cara a la decisión del tribunal sobre determinadas cuestiones previas planteadas por las defensas, el fiscal ha puesto el foco en que las intervenciones telefónicas no deberían declararse nulas por el simple hecho de que las transcripciones no hayan sido adveradas –no se haya demostrado la veracidad de un documento–. “No es necesario”, ha incidido.

Además de ese delito de organización criminal, la Fiscalía ha ido saltando de delito en delito (coacciones, amenazas, tenencia ilícita de armas…) durante la exposición del informe, que se ha extendido por tres horas aproximadamente. En relación al delito de prostitución, el fiscal ha llegado a afirmar durante el juicio que Yousafi controló hasta qué cirugías estéticas se hacían las mujeres que trabajaban en clubes por la banda, qué mínimo de ingresos debían conseguir e incluso qué tipo de tatuaje debían hacerse.

LOS AGENTES IMPUTADOS

En cuanto a los agentes, policías locales y guardias civiles, encausados por colaborar con la banda de moteros en su implantación, el fiscal ha ido repasando los indicios que pesan sobre cada uno. Así, por ejemplo de Nicanor Góngora ha apuntado que “favorecía las actividades delictivas” de los Ángeles del Infierno, y de Carlos Vallecillo que colaboró para parar una denuncia. Sobre uno de los agentes de la Guardia Civil encausado, José Francisco Valenzuela, ha afirmado que participó en revelación de secretos porque pasó información de bases policiales a terceros.

Antes de finalizar su exposición, el fiscal ha recordado que la atenuante para los que han pactado con Fiscalía es por confesión, y entiende que han colaborado con la justicia. Este extremo ha sido también objeto de crítica por la defensa de uno de los encausados, que ha señalado que no puede ser tenida como confesión ya que ni siquiera han declarado en el plenario y han aceptado las multas pactadas para evitar la cárcel, motivo por el que aceptaban los delitos que les imputaron.

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LAS BRUJAS DE SALEM

Durante esta jornada ha depuesto también su informe la defensa de Abdelghani Youssafi, para quien el fiscal interesa más de 26 años de cárcel por una docena de delitos. Para esta parte, lo vivido en el juicio a raíz del informe fiscal se asemejaba a lo que les ocurrió en 1692 en Massachusetts con los juicios de Salem a un grupo de mujeres, “que por el clamor popular, las ideas poco evolucionadas, los rumores y las envidias” fueron ajusticiadas.

Para esa defensa, la exposición del fiscal Grinda ha sido un mero “relato prolífico” que serviría “para hacer una película de Netflix que tendría mucho éxito” pero que de nada sirve en un acto jurídico. “Aquí no valen presuntas intervenciones telefónicas”, ha argumentado.

Al hilo, ha apuntado que en el escrito del fiscal se recoge que su defendido era de los ‘Hell Angels’ de Luxemburgo cuando llegó a Mallorca, y ha añadido que en caso de que lo fuera “eso no es delito” porque equivaldría a decir por ejemplo que es “miembro de la iglesia anglicana”.

“Pertenecer a ese club social no es ningún delito”, ha apuntado, para luego señalar que afirmar que los Ángeles del Infierno se dedican a la extorsión y a la explotación de mujeres es una generalización. “No podemos criminalizar a un grupo porque un miembro sea una oveja negra (…), es una criminalización tan genérica y falta de base que no es propia de país democrático”, ha añadido.

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Por otro lado, ha ido tratando de desmontar uno a uno los diferentes oficios policiales que dieron lugar a las primeras resoluciones judiciales que permitieron los ‘pinchazos’ telefónicos. A su juicio, se violó el derecho al secreto de las comunicaciones con indicios que no eran suficientes.

La defenda ha matizado que las conformidades alcanzadas por una gran mayoría de encausados, más de 30, no pueden ser consideradas como confesiones, y ha insistido en que la aceptación de hechos se hace “a efectos penológicos porque cualquiera lo haría”.

También ha buscado echar por tierra la validez de las vigilancias realizadas sobre los encausados, y ha indicado que si bien hay mucho informe policial, no se ha traído al plenario a los agentes para ratificarlos.

LA RAMA DE MALLORCA

Cabe recordar que la Fiscalía Anticorrupción presentó su escrito de acusación en enero de 2019 dirigiéndose contra 47 personas físicas y otras tres jurídicas por 16 cargos que arrojaban un saldo conjunto de 298 años y medio de cárcel. Cifra que con las rebajas que han supuesto las conformidades se ha visto considerablemente reducida.

El auto de procesamiento dictado en su día por el juez instructor Eloy Velasco situaba a la cabeza de la organización a Frank Hanebuth –al que la Fiscalía identifica por las escuchas como ‘el largo’–, hasta entonces líder del grupo en Hannover y considerado como uno de los principales dirigentes de los ‘Hells Angels’ en Europa.

Según el fiscal, los miembros de la banda están involucrados en delitos graves, que en este caso se han traducido en acusaciones por organización criminal, blanqueo de capitales, tráfico de drogas, detención ilegal, tenencia ilícita de armas, prostitución, amenazas, coacciones, extorsión, falsedad documental, encubrimiento, omisión del deber de perseguir delitos, violación de secretos y cohecho.


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