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Amazon recurrirá el fallo que le condena por tener a más de 2.000 repartidores como falsos autónomos

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Asegura que no usa el sistema de Amazon Flex desde abril de 2021

MADRID, 3 (EUROPA PRESS)

Amazon recurrirá la sentencia del Juzgado de lo Social número 14 de Madrid que le condena por tener a 2.166 repartidores que operaban con el modelo llamado Amazon Flex –en el que utilizaban sus propios vehículos– como falsos autónomos, por lo que debían ser empleados por la multinacional.

“Respetamos la resolución judicial, pero no estamos de acuerdo y vamos a presentar un recurso. En Amazon estamos comprometidos con la creación de oportunidades en las comunidades en las que operamos”, han asegurado fuentes de la multinacional consultadas por Europa Press.

La compañía ha señalado que llevan “años colaborando con una extensa red de empresas de reparto, incluyendo grandes empresas de mensajería y pequeñas y medianas empresas de reparto”.

“Entre 2018 y 2021, también colaboramos con algunos autónomos a través del programa Amazon Flex, que suponía un pequeño porcentaje de los paquetes entregados en España. Este programa no opera en el país desde abril de 2021”, ha precisado el gigante del comercio electrónico.

En la sentencia conocida ayer se condenaba a la multinacional por emplear como falsos autónomos a los repartidores que “eran obligados a trabajar con sus propios vehículos para repartir paquetes utilizando una aplicación de la compañía que les indicaba la forma de trabajar”.

El juzgado se sirvió así de la doctrina del Tribunal Supremo del 25 de septiembre de 2020, cuando determinó que los repartidores de Glovo tenían una relación laboral con la compañía, lo que supone un nuevo caso de utilización de falsos autónomos por parte de plataformas digitales.

En dicho fallo se descartaba además que la empresa opere como mera intermediaria entre los comercios y repartidores y declara de forma tajante que “concurren los elementos de dependencia y ajenidad que determinan calificar las relaciones jurídicas analizadas (…) como relaciones laborales comunes”.


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