Inicio andalucía Consumo señala que los consumidores vulnerables o en riesgo de exclusión social...

Consumo señala que los consumidores vulnerables o en riesgo de exclusión social pueden acogerse al bono social eléctrico

0

SEVILLA, 7 (EUROPA PRESS)

La Dirección General de Consumo ha recordado a los consumidores en situación de vulnerabilidad económica, social o en riesgo de exclusión social que pueden beneficiarse de un descuento en la factura eléctrica a través del denominado bono social eléctrico.

La Junta ha explicado a través de un comunicado que se trata de descuentos sobre el Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC) que pueden ser de hasta el 40%, según el caso de cada persona consumidora. En virtud del Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre, el descuento puede oscilar entre 65% y el 80% si la factura contiene algún día de consumo eléctrico comprendido entre el 20 de octubre de 2022 y el 31 de diciembre de 2023.

Las personas que pueden beneficiarse del bono social eléctrico son las denominadas ‘personas consumidoras vulnerables’, las ‘personas consumidoras vulnerables severas’, las ‘personas consumidoras vulnerables en riesgo de exclusión social’, o, hasta el 31 de diciembre de 2023, la persona consumidora miembro de un ‘hogar con bajos ingresos’.

Existen diversos requisitos que los solicitantes deben tener en cuenta, desde su nivel de renta, la potencia contratada, que esté acogida al PVPC –y no al mercado libre–, así como se pueden aplicar multiplicadores de renta en el caso de discapacidad reconocida, situación de violencia de género, condición de víctima del terrorismo, situación de dependencia, o que la unidad de convivencia esté integrada por una única persona progenitora y, al menos, una persona menor de edad.

Los requisitos para ser considerados en cada caso, la documentación a presentar, las empresas comercializadoras de referencia, plazos de aplicación y condiciones de renovación están detallados en la web de Consumo Responde.

Hay que recordar que el bono social se aplicará durante el plazo de 2 años, salvo que con anterioridad se produjera la pérdida de alguna de las condiciones que dan derecho a su percepción.


- Te recomendamos -