SANTIAGO DE COMPOSTELA, 2 (EUROPA PRESS)
La sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago, ha rechazado la revisión de la condena de tres años de cárcel impuesta a un acusado en diciembre de 2020 como autor de un delito de abuso sexual, con las atenuantes de reparación del daño y de drogadicción.
Según señala el auto, difundido este lunes por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), en su momento, se preveía una pena de cuatro a diez años de prisión, imponiéndose en la sentencia la pena de tres años, en aplicación de las atenuantes citadas.
La sentencia, emitida el pasado 9 de diciembre, indica que se mantiene la medida de libertad vigilada, durante cuatro años, una vez salga de prisión, así como la prohibición de aproximación de 500 metros y comunicación con la víctima.
Los hechos relatados en el auto tuvieron lugar en la noche del 12 de enero de 2017 y la resolución indica que la Sala considera que no procede realizar la revisión de la sentencia condenatoria.
Así, indica que con la entrada en vigor de Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, en los casos del delito de abuso sexual, “no se ha modificado el límite mínimo, que se mantiene en cuatro años de prisión”. Contra esta resolución cabía presentar un recurso en el plazo de diez días desde su publicación.
26 REVISIONES EN GALICIA
Desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, las audiencias provinciales gallegas han revisado y emitido 26 autos referidos a condenas.
De ellos, 18 han supuesto una rebaja de la condena de los delincuentes, mientras que en ocho ocasiones, incluida la que afecta al caso del líder de los Miguelianos, fue mantenida la condena porque la Ley del solo sí es sí supondría que el juicio se saldaría con una pena mayor que en la que se puso en su momento.
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