MADRID, 21 (SERVIMEDIA)
El anteproyecto de ley de Función Pública que el Gobierno aprobó este pasado martes en Consejo de Ministros contempla la posibilidad de que los funcionarios sean apartados de su puesto de trabajo si obtienen de forma “continuada” resultados negativos en la nueva evaluación de desempeño.
Así se establece en el artículo 84.3 del texto, al que ha tenido acceso Servimedia, que tiene como una de sus principales novedades esta valoración anual de la labor del empleado público. De hecho, es uno de los pilares de la ley y afecta a otras muchas novedades del texto, como el nuevo complemento salarial por desempeño o la promoción interna horizontal.
No obstante, la ley está en su fase embrionaria, ya que tan solo ha sido aprobada en primera vuelta por el Consejo de Ministros. El texto tiene por delante una larga tramitación, no está cerrado y saldrá en los próximos días a audiencia pública.
De las 125 páginas del documento, la atención ha estado puesta en todo momento en la evaluación de desempeño, una reclamación de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) para lograr “la mejora continua de los servicios públicos” y que ya está contemplada en el Estatuto Básico del Empleado Público de 2007.
COMPLEMENTOS SALARIALES Y ASCENSOS
El anteproyecto indica que la Administración valorará la conducta profesional del funcionario y medirá su rendimiento o logro de resultados “con la finalidad de mejorar la productividad de las diferentes unidades y la calidad de los servicios públicos”.
Para ello, tendrá en cuenta criterios objetivos como la consecución de los objetivos estratégicos de cada unidad o la innovación, la adquisición de nuevas competencias profesionales, el desarrollo y promoción profesional y la mejora “continua” de los procedimientos.
También contemplará aspectos más subjetivos como “la motivación de las personas” a la hora de implicarse en el logro de las metas marcadas por la unidad, “el fomento del trabajo en equipo y las relaciones transversales” o “la mejora de la comunicación e intercambio de información”.
REMOCIÓN
En caso de lograr evaluaciones favorables, los funcionarios podrán beneficiarse del futuro complemento salarial por desempeño, lograr nuevos ascensos o garantizarse su continuidad en su puesto de trabajo, según los términos actuales del texto.
No obstante, ante resultados negativos “continuados”, el funcionario podría enfrentarse a distintas consecuencias. Entre ellas, “la no valoración del mérito de experiencia durante el correspondiente periodo en los procesos de selección y provisión a los que concurra” o “la remoción del puesto obtenido por concurso” previa “audiencia de la persona interesada y mediando resolución motivada”.
OPOSICIÓN DE SINDICATOS
CCOO y UGT han rechazado en primera instancia esta medida porque consideran que “no se puede disponer” de una norma así sin tener “articulado cómo va a realizarse esa evaluación” y “sin tener la garantía real de que esa evaluación es garantista y transparente”.
En un informe conjunto divulgado este miércoles, calificaron este artículo de “gravísimo” e incluso “inaceptable” porque “se plantea esta evaluación como algo irrefutable” y “la persona no tiene defensa en vía administrativa contra una evaluación negativa de la superioridad”.
Para los sindicatos, el anteproyecto “no cumple con las expectativas” iniciales y es “manifiestamente mejorable”, por lo que esperan solucionar las fallas del documento y profundizar en los derechos “esenciales” de los trabajadores públicos en la siguiente ronda de negociaciones.
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