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El TSJM autoriza la compatibilidad de las funciones de Guardia Civil con la de entrenador personal

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MADRID, 19 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha autorizado la compatibilidad de las funciones de Guardia Civil con la de entrenador personal, reconociendo esta actividad como las no incluidas dentro de las actividades prohibidas con el ejercicio del Instituto Armado.

Así consta en una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, en la que se estima un recurso de una guardia civil contra la resolución del Ministerio del Interior (Subsecretaría), que denegaba dicha solicitud.

Los magistrados reconocen el derecho de la recurrente acompatibilizar su función de Guardia Civil con el ejercicio de entrenador personal por cuenta propia, “con estricto cumplimiento de las funciones de su puesto, respeto al horario y jornada asignados y sin que pueda actuar en asuntos relacionados o que se refieran a las actividades que desarrolle el Cuerpo de laGuardia Civil”.

La abogada de una guardia civil aludía en el recurso una sentencia del TSJM que señalaba que “la incompatibilidad con el ejercicio de las actividades privadas se refiere exclusivamente a aquellas que se relacionen directamente con las que desarrolle el Departamento, Organismo o Entidad donde estuviera destinado” y sin lugar a dudas, la actividad de entrenador personal, no se encuentra encuadrada en ellas.

También se ponía de manifiesto que no se producía menoscabo del estricto cumplimiento de sus funciones y respeto absoluto al horario asignado, y ello debido a la propia naturaleza de la actividad, teniendo el guardia civil la posibilidad en todo momento de adaptarse a los tiempos libres, sin ocupar por tanto tiempo de trabajo ni de descanso.

Los magistrados exponen en la sentencia que “la actividad privada a que hace referencia el recurrente no se encuentra incluida en la relación de actividades prohibidas”.

Por ello, señalan que “no se ha probado que concurra ninguno de los supuestos que la impidan, por lo que, en principio, no existiría impedimento alguno para su ejercicio”.

La abogada Vanessa Ruiz García ha señalado que “la Guardia Civil debería de tomar nota de estas decisiones judiciales para evitar gastos innecesarios a la Administración, ya que son varias las ocasiones en la que se ha conseguido en los juzgados la compatibilidad de una actividad privada con las funciones propias de Guardia Civil siempre que no interfiera ni en sus horarios ni en las funciones propias”.


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