MADRID, 18 (SERVIMEDIA)
El Pleno del Congreso de los Diputados debatirá este jueves el dictamen de la conocida como ‘Ley trans’ tras su aprobación el lunes en la Comisión de Igualdad de la Cámara, que rechazó la enmienda del PSOE que endurecía las condiciones para que los menores de edad puedan ejercer su derecho a la autodeterminación de género al plantear que todas aquellas personas con menos de 16 años cuenten con una autorización judicial para cambiar de sexo.
Lo hizo con los votos en contra de Unidas Podemos, el bloque de la investidura, el PP y Vox y los únicos apoyos del PSOE.
El texto que salió del Consejo de Ministros el pasado mes de junio impulsado por la titular de Igualdad, Irene Montero, establece que los menores de edad entre 16 y 18 años podrán acudir al Registro Civil a cambiar libremente su nombre y sexo, un trámite para el que requerirán de la autorización de sus progenitores quienes tengan entre 14 y 16 años, mientras que para quienes tienen entre 12 y 14 años se requerirá un expediente de jurisdicción voluntaria. Por debajo de los 12 años, únicamente se podrá cambiar el nombre en el DNI.
Sin embargo, los socialistas planteaban en su enmienda que “toda persona de nacionalidad española mayor de dieciséis años podrá solicitar por sí misma ante el Registro Civil la rectificación de la mención registral relativa al sexo”. El matiz lo incluyeron para los menores de esa edad y mayores de 12, quienes “podrán solicitar la autorización judicial para la modificación registral del sexo”.
Esta enmienda del PSOE representó una enmienda a la totalidad al compromiso que adquirió en su momento de enmendar la ley pero sin tocar la cuestión de la autodeterminación de género.
De hecho, la autodeterminación de género fue una cuestión que en su día acordaron Irene Montero y la exvicepresidenta del Gobierno Carmen Calvo y que no se modificó en la ley, ni en su aprobación en primera ni en segunda vuelta en el Consejo de Ministros.
Sin embargo, las presiones del llamado feminismo clásico y de algunas históricas socialistas pertenecientes a esta corriente de pensamiento, encabezadas por la propia Carmen Calvo, a la sazón presidenta de la Comisión de Igualdad del Congreso de los Diputados -órgano que tramitó el texto- pudieron ser el desencadenante de este cambio de postura en el PSOE.
El PSOE también perdió la batalla en su intención de que la norma fuera más dura en lo concerniente a la reversibilidad, un aspecto en el que buscaban que, en caso de un segundo cambio de sexo, se requiriera “aprobación judicial”. A pesar de ello, sí consiguió eliminar las referencias a la violencia intragénero.
Finalmente, el PSOE ha renunciado mantener ‘vivas’ las enmiendas objeto de la discordia, tal y como anunció el mismo lunes la ministra de Ciencia e Innovación, Diana Morant; insinuó el martes el ministro de la Presidencia, Félix Bolaños; y confirmó ese mismo día la secretaria de Igualdad del PSOE, Andrea Fernández.
El Ministerio de Igualdad, a través de su secretaria de Estado, Ángela Rodríguez, celebró que la decisión del Congreso de los Diputados abre la puerta a que la ‘Ley trans’ pueda ser aprobada antes de que termine el año.
OTROS PUNTOS LEY
Al margen de la autodeterminación de género, la ‘Ley trans’, en el caso de las personas migrantes trans, reconoce el derecho a cambiar sus datos en los documentos expedidos en España, siempre y cuando en sus países de origen no tengan reconocidos sus derechos como personas trans.
Otras de las novedades que incluye el texto son el reconocimiento a las mujeres lesbianas y bisexuales sin pareja del derecho de acceso a las técnicas de reproducción asistida, la filiación de los hijos de las lesbianas y bisexuales no casadas, la prohibición de las terapias de conversión, el desarrollo de los derechos fundamentales de las personas intersexuales y la fijación de un régimen de infracciones y sanciones para hacer frente a las discriminaciones de las personas Lgtbi, divididas de la siguiente manera: leves (entre 200 y 2.000 euros) ante insultos y mensajes discriminatorios; graves (entre 2.001 y 10.000 euros) ante situaciones de exclusión laboral; y muy graves (entre 10.001 y 150.000 euros) ante negación de acceso a bienes y servicios y negación de alquiler y compra de viviendas por condición sexual, terapias de conversión, contenidos educativos discriminatorios y situaciones de acoso no tipificadas como delito.
A su vez, también se ponen en marcha una serie de medidas de acción positiva para perseguir la discriminación en el empleo, la salud y la educación que sufre el colectivo Lgtbi.
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