MURCIA, 13 (EUROPA PRESS)
La titular del juzgado de Instrucción número 1 de Murcia, en auto notificado este martes, ha desestimado el recurso de reforma interpuesto por la representación procesal del ex presidente del Gobierno murciano, Ramón Luis Valcárcel, contra la resolución de 17 de octubre que acordaba la continuación de la causa del denominado ‘La Sal II’ por los tramites del Procedimiento Abreviado.
La resolución no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Murcia, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU) en un comunicado.
Cabe recordar que la magistrada del juzgado de Instrucción número 1 de Murcia, en el auto notificado el 17 de octubre y recurrido pro Valcárcel, acordó que continuara el procedimiento contra el ex presidente de la Comunidad, investigado en las segundas diligencias abiertas tras la denuncia de irregularidades en el proyecto de la planta desalinizadora de Escombreras, actuaciones enmarcadas en el caso ‘La Sal II’ o caso ‘Desaladora II’.
Estas diligencias tienen su origen en las instruidas en el juzgado de Instrucción número 5, de las que se dedujo testimonio para investigar la participación del ex presidente en los hechos allí denunciados.
Esa primera investigación se centró en los miembros del consejo de administración del Ente Público del Agua y la Empresa Pública de la Desaladora de Escombreras, entre ellos el ex consejero de Agricultura y Agua y presidente del Ente, Antonio Cerdá, en lo que la resolución denomina “parte pública”; y los administradores o representantes de las mercantiles, o “parte privada”.
El segundo procedimiento, dirigido contra el ex presidente, fue inicialmente archivado en enero de 2021 y posteriormente reabierto tras un recurso de apelación del Ministerio Fiscal.
El investigado, como presidente de la Región de Murcia, “conocía sus obligaciones y era garante del cumplimiento de la legalidad y en todos los pasos que condujeron a la adquisición de la desaladora intervino por acción u omisión cooperando de ese modo a su ejecución”, según reflejaba el auto del 17 de octubre.
Así, la resolución relató “la cronología real de todos los contratos celebrados en torno al Proyecto de la Desaladora de Escombreras y la presunta connivencia de la parte pública y privada”.
- Te recomendamos -