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El Gobierno incluye en la reforma de la sedición un párrafo para mejorar la aplicación de ‘Ley del solo sí es sí’

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MADRID, 13 (SERVIMEDIA)

El Gobierno y sus socios parlamentarios han introducido en la reforma sobre la sedición y la malversación un párrafo para tratar de mejorar la aplicación de la ‘Ley del sólo sí es sí’ e impedir rebajas de pena a agresores sexuales.

El párrafo en cuestión figura en la exposición de motivos de la reforma de la sedición y hace referencia a las disposiciones transitorias. Esto tiene que ver con que diversos partidos y expertos hayan afirmado que la ‘Ley del sólo sí es sí’ está dando problemas porque no incluye una disposición transitoria sobre la forma de aplicarse en los primeros momentos.

En este sentido, fuentes del PSOE en el Congreso indicaron que el párrafo en la reforma de la sedición busca facilitar “la interpretación del derecho transitorio de acuerdo con la jurisprudencia consolidada”. Se pretende así “una aplicación correcta de las modificaciones del Código Penal, entre ellas algunas recientemente aprobadas como la Ley de Libertad Sexual”.

Al mismo tiempo, fuentes de Unidas Podemos señalaron que, con esta enmienda, se busca “blindar la voluntad del legislativo” de cara a la interpretación que los jueces hacen de las leyes.

TRANSACCIÓN CON EL PDECAT

El párrafo en cuestión es la enmienda 82 a la reforma de la sedición y la malversación y se incluye en la exposición de motivos de esta proposición de ley. Tanto esta enmienda como el dictamen de la reforma fueron aprobados este martes en la Comisión de Justicia del Congreso y serán debatida el jueves en el Pleno.

La enmienda 82 -que recibió 19 votos a favor, 15 en contra y dos abstenciones- era un texto transaccional del Gobierno y sus socios parlamentarios con el PDeCAT, que había planteado inicialmente esta cuestión.

El texto aprobado hace referencia a las “disposiciones transitorias” en las leyes, que es uno de los reproches que se ha hecho a la ‘ley del sí es sí’. Según diversos partidos y juristas, las rebaja de penas y la excarcelación de agresores sexuales se está produciendo porque en la norma promovida por el Ministerio de Igualdad no se incluía una disposición transitoria para evitar problemas en su interpretación.

Aunque la enmienda 82 hace referencia a la reforma de la sedición y la malversación, se alude a que para aplicar las modificaciones legales que se plantean hay que tener en cuenta “las disposiciones transitorias de otras leyes orgánicas destinadas a modificar el Código Penal”, como la Ley Orgánica 5/2010 o la Ley Orgánica 1/2015.

“MISMAS CONCLUSIONES”

Se añade que, “aun cuando no se estableciera régimen transitorio en esta ley, se llegaría a las mismas conclusiones por aplicación del artículo 2.2 del Código Penal y de la Disposición Transitoria Quinta de la Ley Orgánica 10/1995”.

Al mismo tiempo se alude a que “la diversidad de interpretaciones realizadas en recientes reformas que afectan al Código Penal aconseja su introducción expresa, conforme al principio de seguridad jurídica garantizado en el artículo 9.3 de la Constitución española”.

La frase “la diversidad de interpretaciones realizadas en recientes reformas que afectan al Código Penal” se refiere claramente a los problemas que está dando la aplicación de la ‘ley del solo sí es sí’. Al no haber una disposición transitoria en este texto legal, distintos jueces están procediendo a aplicar a agresores sexuales la pena más favorable al reo, que en ciertos casos es la que incluye la iniciativa del Ministerio de Igualdad.


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