MADRID/SEVILLA, 5 (EUROPA PRESS)
El número de condenados que se han visto beneficiados por el nuevo marco de penas que recoge la ley del ‘sólo sí es sí’ asciende al menos a 52, cinco de ellos en Andalucía, entre revisiones de condena a la baja (48) y sentencias posteriores en aplicación de la norma (4). Un total de 12 personas han sido excarceladas.
La últimas rebajas han sido dictadas por la Audiencia de Cádiz, que rebaja las penas a cuatro condenados por delitos de violencia sexual al aplicar la Ley de Garantía Integral de Libertad Sexual por ser más favorable a los reos; y por la Audiencia Provincial de Pontevedra, que rebajado de 5 años a 4 años y 6 meses la pena de cárcel para un condenado por abuso sexual a una menor.
Estas rebajas se suman a otras dos que dictó la semana pasada el Tribunal Supremo, que ha condenado a 9 años de cárcel –y no a 10– a dos exjugadores del ‘caso Arandina’ al aplicar la ley del ‘solo sí es sí’. Los magistrados han elevado sus penas –desde los 4 y 3 años que había fijado el TSJ de Castilla y León– tras eliminar la atenuante que se había apreciado por la cercanía de edad y madurez entre condenados y víctima.
EL SUPREMO: CASO A CASO
En el fallo, el tribunal ha incidido en que la Ley de Garantía Integral de Libertad Sexual “podrá aplicarse en beneficio del reo cuando se fije ahora pena inferior en aquellos supuestos en los que así proceda”. Han matizado, sin embargo, que deberá hacerse “analizando caso por caso, y no de forma global”.
Esto contrasta con el criterio marcado por la Fiscalía General para que no se modificarán penas cuando puedan ser impuestas con el nuevo marco penal, un criterio que evitaría una rebaja “automática” de condenas.
La nueva ley ha provocado que el delito de agresión sexual absorba al de abuso sexual, lo que significa que un delito que hasta ahora recogía una conducta más grave incorpore una de menor gravedad, por lo que la horquilla penal también se ha ampliado para abarcar todo el abanico de comportamientos penados ahora como agresión sexual.
Entre las revisiones de sentencia y rebajas de pena, fuentes consultadas por Europa Press confirman 20 en Madrid, 6 en Galicia, 5 en Andalucía, 3 en Cantabria, 2 en Baleares, 2 en Castilla y León, 2 en el Tribunal Supremo, 2 en País Vasco, 1 en Asturias, 1 en Castilla-La Mancha, 1 en Murcia, 1 en Canarias, 1 en la Comunidad Valenciana y 1 en Extremadura.
12 de estos 48 casos han conllevado la excarcelación de condenados: 6 de Madrid, 2 de Baleares, 2 de Galicia, 1 de Cantabria y 1 en la Comunidad Valenciana.
Sobre las nuevas sentencias dictadas tras la reforma, constan 4 casos: 2 casos en León, 1 en Barcelona y 1 en Girona.
MADRID, GALICIA Y ANDALUCÍA
Los tribunales de Madrid, Galicia y Andalucía son los que más rebajas han dictado desde que entró en vigor la ley el pasado 7 de octubre.
En Madrid se han rebajado 20 condenas de abusos y/o agresiones sexuales. Además, se han dictado 7 excarcelaciones, aunque una no se ha materializado porque el condenado tiene otras condenas pendientes. En las resoluciones a las que ha tenido acceso Europa Press se reducen penas de prisión hasta en 5 años.
En Galicia constan 6 casos de rebajas; dos de ellas en Pontevedra: la que ha trascendido este lunes y otra en el que se acuerda dejar en libertad a un condenado por agresión sexual que había cumplido 11 de los 12 años de prisión que se le impuso, porque –en aplicación a la nueva ley– debía haber sido condenado a 7 años.
A los dos de Pontevedra se suman tres del TSJ de Galicia. En uno se rebaja de 11 años a 10 años y 6 meses la pena de prisión a un hombre que fue condenado por abusar sexualmente de una menor. En otro se rebaja de 8 a 6 años una condena por agredir sexualmente a una menor a la que había conocido a través de Instagram. Y otro en el que reduce en dos años la pena de un hombre que violó en Cambre a una mujer que conoció por Tinder.
El sexto caso en Galicia corresponde a la Audiencia de Ourense, donde han rebajado de 3 años y 6 meses a 2 años y 6 meses una condena por un intento de agresión sexual con acceso carnal. Han acordado la puesta en libertad.
En Andalucía constan 5 rebajas. Las 4 que han trascendido este lunes en Cádiz en los que se ha reducido en 6 meses la pena a cada uno; y un caso en Granada, en el que el TSJ desestima un recurso de apelación y –aunque confirma la sentencia– rebaja la pena de prisión de 13 años, 6 meses y 1 día a 11 años y 1 día.
CANTABRIA, BALEARES, PAÍS VASCO Y CASTILLA Y LEÓN
Al margen, figuran tres casos en Cantabria. Dos en los que se rebaja la pena impuesta en 7 años por una agresión sexual a una joven en un hostal de Santander, pasando de 18 años a 11 años de prisión. Y uno en el que se modifica la condena de prisión de un hombre de 5 a 2 años de prisión por agredir sexualmente a una mujer.
Baleares, País Vasco y Castilla y León constan con dos rebajas cada una. La Audiencia insular ha ordenado la excarcelación de dos presos que cumplían una pena de 3 años de prisión por dos agresiones sexuales sin penetración.
La Audiencia de Vizcaya ha rebajado dos condenas. En un caso ha reducido una pena de 4 años y 6 meses a 3 años; y en otro ha rebajado de 6 a 4 años una pena por dos delitos de agresión sexual.
Por su parte, en la Audiencia de Segovia consta un caso en el que han rebajado de 12 a 9 años de prisión una condena por un delito de violencia sexual, mientras que en la Audiencia de Valladolid han reducido la condena de 12 a 10 años de prisión al responsable de una agresión sexual a una menor.
EXTREMADURA, ALICANTE Y CANARIAS
A la lista se suman las comunidades de Asturias, Murcia, Canarias, Extremadura, Comunidad Valenciana y Castilla-La Mancha con un solo caso de revisión y rebaja de condena.
Según los datos recabados por Europa Press, la Audiencia de Badajoz ha rebajado la pena de prisión de un condenado por abuso sexual de 11 años a 10 años y 6 meses. Por su parte, la Audiencia de Alicante ha rebajado en dos años la pena impuesta en un caso de agresión sexual y ha acordado la inmediata excarcelación del condenado.
Consta también que la Audiencia de Santa Cruz de Tenerife ha rebajado de 10 a 9 años la condena al autor de un delito de abuso sexual sin prevalimiento.
MURCIA, ASTURIAS Y CASTILLA-LA MANCHA
Al margen, el TSJ de Murcia ha ratificado una condena a un acusado por una tentativa de agresión sexual a una mujer de 2020. Sin embargo, ha modificado la pena impuesta porque resulta “más favorable” para el reo aplicar la ‘ley del solo sí es sí’. Así, ha rebajado la pena de 4 años y 6 meses a 3 años y 1 día de prisión.
Además, el TSJ de Castilla-La Mancha ha rebajado de 9 a 8 años la condena de un hombre que agredió sexualmente a una mujer en Ciudad Real.
Y el TSJ de Asturias ha rebajado de 10 a 9 años de prisión la pena a un hombre acusado de abusos sexuales a menor de 16 años. Las revisiones efectuadas son susceptibles de recurso y podrían llegar hasta el Supremo.
REVISIONES PENDIENTES
Las fuentes consultadas aseguran que el número de casos en los que se aplican las rebajas podría verse incrementado en los próximos días ante las revisiones pendientes. Solo en Madrid cuentan con 447 causas por abusos y/o agresiones sexuales condenatorias firmes, con condenado ingresado en prisión, susceptibles de revisión. De estas causas, y de oficio, los magistrados comenzaron ya la revisión de 121. A instancia de parte, se tramita la revisión de 55.
Al menos 18 de las 52 audiencias provinciales se han pronunciado sobre la ley. 11 han dicho que están a favor de aplicar las revisiones más favorables al reo; 4 no han fijado una posición clara, apuntando a la necesidad de revisar caso a caso; y 3 han informado de que no rebajará las condenas cuando las penas que fueron impuestas puedan ser también imponibles con arreglo a la nueva ley.
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