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Condena de un año y dos meses por allanar un piso en Medina que evita un juicio con jurado popular

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VALLADOLID, 1 (EUROPA PRESS)

La modalidad del delito, allanamiento de morada, obligaba a poner en marcha el procedimiento de jurado popular y a celebrar el correspondiente juicio, pero un acuerdo entre el encausado y la fiscal del caso ha permitido que un proceso que podría haberse dilatado una semana, con el coste económico que ello conlleva, quedara reducido a una comparecencia de no más de diez minutos.

Con el recuerdo aún de una causa hace años, también por allanamiento de morada, celebrada con jurado popular en la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia de Valladolid que concluyó en un fallo absolutorio, en este ocasión no ha sido preciso ni siquiera constituir al jurado debido a la sentencia de conformidad sellada por R.R.P, un vecino de Medina del Campo que en febrero de 2021 entró a la fuerza en casa de otro vecino y le dio una paliza.

El acusado se exponía a una condena de tres años de prisión, según recogía la calificación provisional de la acusación pública, si bien la pena asumida ha quedado finalmente reducida a un año y dos meses de prisión, de ellos ocho meses por allanamiento de morada, otros seis meses más por amenazas y el pago de 120 euros de multa por el delito leve de lesiones, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

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En el capítulo indemnizatorio, R.R.P. abonará al lesionado 200 euros por las lesiones y otros 66,55 por los desperfectos ocasionados en la cerradura de la puerta de la casa. El fallo incluye la prohibición de acercarse a menos de 200 metros y comunicar con la víctima durante dos años.

LA CONDENA QUEDA EN SUSPENSO, CON CONDICIONES

El condenado no entrará en prisión debido a que el acuerdo recoge también la suspensión de la ejecución de la condena, siempre que durante los dos próximos años no vuelva a delinquir y comunique cualquier cambio de domicilio.

Los hechos se produjeron sobre las 10 horas del día 8 de febrero de 2021 en Medina del Campo cuando el ya condenado se presentó en el domicilio de la víctima y una vez allí fracturó la cerradura de la puerta de acceso, se introdujo en el interior sin permiso de su titular y se dirigió al baño donde se hallaba éste.

En el servicio, R.R.P. comenzó a dar puñetazos al morador de la vivienda por todas las partes del cuerpo, a la vez que le pedía que no se metiera con su madre, dado que, como así ha explicado en los pasillos de la Audiencia Provincial poco antes de celebrarse la vista, llevaba un tiempo insultando a su progenitora.

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El agredido fue arrojado al interior de la bañera, donde siguió recibiendo más golpes, hasta que minutos más tarde el agresor decidió abandonar el inmueble, no sin antes amenazar al golpeado con matarle.

La víctima permaneció unos cuarenta y cinco minutos aturdido hasta la llegada de la policía, que le encontró aún tirado en el suelo del baño. A consecuencia de la paliza recibida, el agredido sufrió traumatismo craneoencefálico leve y un hematoma en el párpado interior izquierdo.


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