MADRID, 21 (SERVIMEDIA)
La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado el recurso de apelación presentado por el PSOE y el Grupo Mixto y rechaza así realizar diversas diligencias que habían solicitado dirigidas a comprobar la posible responsabilidad del Ayuntamiento de Madrid en la compra fraudulenta de mascarillas y material de protección sanitario durante la pandemia por mediación de Luis Medina y Alberto Luceño.
Entienden los jueces que las “investigaciones generales y prospectivas no son conforme a derecho” y, por tanto, descartan atender la petición de los dos grupos.
Los magistrados entienden que “no resulta procedente la intención de sustanciar una investigación de carácter general que no se apoye en el concurso de indicios relevantes sobre una eventual comisión delictiva, sino en la voluntad de su búsqueda proponiendo exhaustivas investigaciones con intención de hacerlos aflorar por si concurrieran”.
Y advierten que, de llevarse a cabo, la investigación sería “de naturaleza prospectiva, pudiendo así adquirir el volumen y alcance que decidan a voluntad las partes acusadoras. Las investigaciones generales y prospectivas no son conformes a derecho”.
El auto da respuesta al recurso de las acusaciones populares que se oponía a la decisión del juez del pasado 5 de octubre de rechazar la práctica de las diligencias solicitadas. Recuerda, asimismo, que la solicitud para que se tomara declaración al primo del alcalde de Madrid, Carlos Martínez-Almeida, se rechazó por falta de indicios delictivos que la justificaran.
Los magistrados rechazaron también imputar a la coordinadora de Presupuestos y Recursos Humanos del Ayuntamiento de Madrid y consejera de la empresa Funeraria, Elena Collado, y a la delegada del Área de Gobierno y Hacienda, Engracia Hidalgo, y no vieron necesario investigar el teléfono móvil del primo del alcalde.
Además, el auto rechaza imponer a Medina la entrega de sus dispositivos electrónicos, ya que atentaría contra du “derecho a no incriminarse”, y recuerda que Collado entregó al juez Adolfo Carretero, que instruye la causa, los correos electrónicos relacionados con la compra.
Finalmente, la Sala respalda al instructor que pidió al Servicio de Logística y Actos en vía pública del Ayuntamiento de Madrid que entregue un número suficiente de las mascarillas que se compraron a la empresa Leno con la intermediación de Medina y Luceño para realizar un análisis de la calidad del producto.
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