El Constitucional estudiará el asunto porque plantea una cuestión jurídica de relevante repercusión social o económica
MADRID, 16 (EUROPA PRESS)
Los propietarios de ‘Isla de Valdecañas’, un complejo urbanístico situado en Cáceres, en los municipios de El Gordo y Berrocalejo, han mostrado este miércoles su satisfacción tras admitir a trámite el Tribunal Constitucional (TC) los recursos de amparo presentados contra la sentencia del Tribunal Supremo que ordenó su demolición.
Para los propietarios del complejo, la decisión que ha tomado el Constitucional “refuerza” su “convencimiento” de que el Supremo “fue más allá de la cuestión planteada al pronunciarse sobre el derribo” y pudo vulnerar el derecho a la tutela judicial efectiva.
Además, avanzan que van a solicitar de forma “inmediata” la medida cautelar de suspensión de la sentencia del Supremo que acordó el derribo del complejo y a la vez recuerdan que mantienen abierto otro frente judicial con un recurso extraordinario de revisión ante el propio Supremo y centrado en que la declaración de zona ZEPA (zona de especial protección para las aves) “nunca fue realizada”.
En un comunicado recogido por Europa Press, los propietarios señalan que la cuestión que tenía que analizar el Supremo se limitaba “exclusivamente” a valorar si había o no causas de imposibilidad material planteadas por el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura para realizar una ejecución alternativa.
“Los propietarios actuamos de buena fe desde el primer momento y defenderemos la pervivencia del complejo hasta el final”, aseguran, al tiempo que dicen estar “plenamente respaldados” por el apoyo “mayoritario” de los extremeños.
En opinión de los propietarios, lo que hay “en juego” es un modelo económico y ambiental “sostenible” para la comunidad autónoma de Extremadura. Consideran que la ‘Isla de Valdecañas’ ha dado prosperidad a la región, “necesitada de oportunidades y recursos para hacer frente a la despoblación”.
La ‘Isla de Valdecañas’, subrayan en el comunicado, contribuye al progreso local y regional, “dinamiza el territorio” y fomenta la creación de “cientos de empleos y servicios en la zona”.
REPERCUSIÓN SOCIAL Y ECONÓMICA
Según ha informado hoy la corte de garantías, el Pleno ha admitido los recursos planteados por la Junta de Extremadura, las comunidades de propietarios y los ayuntamientos de El Gordo y Berrocalejo. Los tres han alegado una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva y del derecho a un proceso con todas las garantías.
La decisión del TC de admitir a trámite los recursos contará con el voto particular de los magistrados Juan Antonio Xiol Ríos, Ricardo Enríquez Sancho, María Luisa Balaguer Callejón, Ramón Sáez Valcárcel e Inmaculada Montalbán Huertas, ha precisado el tribunal.
El Pleno ha apreciado que las cuestiones planteadas en estos recursos de amparo tienen especial trascendencia constitucional. Por un lado, ha considerado que pueden dar ocasión al tribunal para aclarar o cambiar su doctrina como consecuencia de un proceso de reflexión interna. Y por otro, los magistrados han estimado que el asunto trasciende del caso concreto porque plantea una cuestión jurídica de relevante y general repercusión social o económica.
El complejo fue objeto de dos sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en 2011, en las que se anulaba la decisión aprobatoria del proyecto adoptada por la Junta de Extremadura y se ordenaba la reposición de los terrenos a la situación anterior a la aprobación del citado proyecto de construcción, decisión que fue confirmada por el Tribunal Supremo tres años más tarde.
En 2021, una vez abierto el trámite, el alto tribunal extremeño declaró la imposibilidad de ejecutarla las sentencias en sus propios términos y acordó su ejecución material parcial, lo que implicaba la demolición de todo lo que se encuentra en fase de estructura o no está terminado y en funcionamiento, así como la conservación del hotel, viviendas, campo de golf e instalaciones que actualmente están construidas y en funcionamiento.
Este año, el Supremo estimó un recurso de casación presentado al considerar que no concurrían causas que justificaran la imposibilidad de ejecutar las sentencias en sus propios términos en cuanto a la demolición también de lo construido y en funcionamiento.
Precisamente, es contra esta resolución del Supremo que se presentaron los tres recursos de amparo que este miércoles ha admitido a trámite el Constitucional.
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