MÁLAGA, 4 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena impuesta por la Audiencia provincial de Málaga a un hombre por estafar a un total de 18 personas y empresas a través de la contratación de servicios o llevando a cabo operaciones comerciales e inmobiliarias fraudulentas, en las que aparentaba una solvencia de la que carecía.
Así, se desestima el recurso presentado por la defensa del acusado y se ratifica la condena por un delito continuado de estafa, con la circunstancia que agrava la pena de reincidencia, y también la pena impuesta de cuatro años y diez meses de prisión. Asimismo, se confirma el pago de una indemnización a los 18 perjudicados, que suma un total de 180.788 euros.
Según se declaró probado por la Sala de Málaga, y ahora ha sido ratificado por el alto Tribunal andaluz, el acusado aparentaba “una solvencia profesional y económica de la que carecía, asegurando ser propietario de terrenos, y acudiendo a sus citas con chofer y secretaria”. Además, abría oficinas con las que simulaba ser titular de empresas en funcionamiento.
De esta forma, disponía de los servicios propios de la empresas con mobiliario y personal a su servicio, “con la finalidad de engañar a terceros y guiado con un evidente animo de lucro”, obteniendo “transmisiones de carácter patrimonial, así como prestaciones de servicios y entregas de bienes por terceros a sabiendas de que no iba a cumplir a lo que se obligaba por su parte”.
Según la resolución, en varias ocasiones engañó a constructores ofreciéndoles poder edificar en terrenos de distintas localidades de la provincia de Málaga que no eran de su propiedad, actuando a través de una empresa creada junto a otro acusado, que finalmente fue absuelto al no quedar acreditado que cooperase en las actividades ilícitas valiéndose de su condición de abogado.
La sentencia relata también el caso en el que el procesado llegó a fingir ser promotor de la construcción de viviendas en Mijas, ofreciendo algunas de ellas a perjudicados que abonaron 48.000 euros. Entre los perjudicados señala a profesionales, como arquitectos y personal administrativo, e, incluso, una entidad bancaria y empresas relacionadas con la venta de material de oficina.
En definitiva, dice la sentencia, el acusado “va desplegando una riada de actuaciones tendentes a lucrarse mediante empresas fachada a las cuales, a su vez, dotaba de apariencia solvente mediante la contratación de personal y la instalación de materiales igualmente obtenidos sin propósito de pago defraudando así a quienes le prestaban los servicios o le suministraban los bienes”.
La defensa explicó que en muchos casos “se trató de una relación de índole empresarial frustrada, un hecho aislado y muy desagradable en la esfera profesional” del procesado del que, dice, “no cabe desprender que existía un ánimo estafador”. Pero para el TSJA, “atribuir la colección de actos defraudatorios perpetrados a un problema de liquidez es sencillamente inadmisible”.
“El acusado iba desplegando en sus relaciones con terceros una fachada de solvencia y poderío que describe la sentencia recurrida, apariencia con la que cautivaba la voluntad de quienes con él contrataban operaciones comerciales o servicios, evidenciando así la gestación del dolo desde un inicio para después dejarles sin cobrar o sin reintegrarles lo previamente recibido”, señala la sentencia.
Para la Sala de apelación, “no tiene sentido que 18 personas, carentes de especial relación entre ellas y enmarcadas en diversos estratos sociales y diferentes actividades profesionales y laborales, se hayan conjurado para presentar mendazmente al acusado como un defraudador compulsivo que ha ido estafando a cada uno de ellos de variadas formas”.
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