MADRID, 03 (SERVIMEDIA)
La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid aprobó este jueves la creación del Consejo de Movilidad Sostenible a propuesta de Área de Medio Ambiente y Movilidad, tal y como viene recogido en la Ordenanza de Movilidad Sostenible que establece la creación de “un órgano de seguimiento, control y evaluación de la ordenanza, así como de las políticas de movilidad que se implementen en la ciudad de Madrid”.
El delegado de Medio Ambiente y Movilidad, Borja Carabante, explicó en rueda de prensa que este Consejo de Movilidad Sostenible se constituirá como órgano colegiado sin personalidad jurídica propia y de carácter deliberativo y estará integrado por los representantes de los grupos políticos municipales con representación en el Pleno y con personal experto en las materias correspondientes.
Para cumplir con la finalidad de este nuevo órgano, tendrá entre sus competencias favorecer el encuentro y el debate de los distintos grupos políticos municipales para el mejor desarrollo de las políticas municipales de movilidad sostenible. Además, facilitará el conocimiento técnico en materia de movilidad y colaborará en la difusión de la movilidad urbana sostenible.
El consejo tendrá entre sus misiones debatir y proponer actuaciones para satisfacer y cumplir los objetivos de la OMS, así como favorecer el seguimiento y aplicación de la ordenanza y colaborar en la evaluación de su aplicación.
Tal y como recoge el decreto firmado por el alcalde, el consejo estará compuesto por presidente, vocales y secretarios. La presidencia le corresponde al titular del área de gobierno competente en materia de movilidad, en este caso a Borja Carabante, actual titular del Área de Medio Ambiente y Movilidad. Entre las competencias del presidente está dirimir los empates con su voto de calidad.
Los vocales serán los concejales designados por el portavoz de cada grupo político municipal con representación en el Pleno. También habrá expertos en materia de movilidad que estarán designados por el portavoz de cada grupo municipal.
La secretaría del consejo recaerá en la persona titular de la dirección general competente en materia de circulación. Entre las atribuciones, la secretaría debe velar por la legalidad formal y material de las actividades del consejo, certificar las actuaciones del mismo y garantizar los procedimientos y reglas de constitución y adopción de los acuerdos.
Está previsto que el Consejo de Movilidad Sostenible se reúna en sesiones ordinarias cada dos meses y en sesión extraordinaria cuando así lo considere el presidente.
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