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Un año a prisión por golpear contra el lavabo de un pub la cabeza de un hombre, que perdió tres dientes

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SANTANDER, 31 (EUROPA PRESS)

Un hombre ha sido condenado a un año de prisión por un delito de lesiones causante de deformidad, por golpear la cabeza de otro contra el lavabo de un pub de San Vicente de la Barquera (Cantabria), causándole entre otras lesiones la perdida de tres dientes.

La sentencia, del Tribunal Supremo, desestima el recurso interpuesto por el procesado contra el fallo previo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, que a su vez había ratificado el dictado por la Audiencia Provincial tras el juicio.

Según la nueva resolución, dictada este mes y a la que ha tenido acceso Europa Press, se declara probado que los hechos ocurrieron en la madrugada del día 31 de agosto de 2017, sobre las 3.00 horas, en el interior del cuarto de baño de un local de ocio nocturno de la villa barquereña.

El implicado, con ánimo de menoscabar la integridad física de otro hombre, le agarró por la cabeza y le golpeó contra el lavabo. A consecuencia de esta agresión, la víctima sufrió distintas lesiones, como fractura en mandíbula y pérdida de tres dientes, uno de ellos reemplazado mediante implante.

Además de una primera asistencia facultativa, precisó dos intervenciones quirúrgicas, así como de 173 días de curación, de los cuales siete fueron de perjuicio personal grave, 95 moderado y 71 básico.

La AP estableció una indemnización de 7.614 euros por los días de curación de las lesiones y de 2.599 por la secuela, cuantía a la que habría que sumar la que se determine en fase de ejecución de sentencia por el gasto asistencial al Servicio Cántabro de Salud.

La Fiscalía, que pedía una pena de tres años y nueve meses de prisión, proponía una indemnización de más de 10.000 euros.

Tras el juicio y las sentencias de instancia y apelación, el acusado reiteró ante el Supremo las mismas alegaciones que hizo al TSJC, al que recurrió por considerar que había sido condenado con base en una prueba de cargo insuficiente para considerarle autor de las lesiones.

Esgrimió que la misma se había “limitado” al testimonio del perjudicado y “sin apoyo en ninguna otra”, al entender que lostestigos incurrieron en diversas “contradicciones”, en particular en cuanto al lugar donde se produjo la agresión, dadas las “reducidas dimensiones” del baño.

Pero el alto tribunal cántabro estimó que no se había producido ninguna vulneración de su derecho a la presunción de inocencia, sino que los magistrados que le enjuciaron contaron con prueba de cargo “bastante”, que valoraron “detalladamente” para concluir la “directaparticipación” del acusado en las lesiones sufridas por el perjudicado.

“La valoración realizada por el Tribunal Superior resulta acertada” y ha dado una “respuesta lógica, motivada y razonable”, ha concluido ahora el TS, que destaca la “correcta conclusión” de la participación del acusado en los hechos enjuiciados y la “fragilidad de la tesis exculpatoria” del mismo.

“La condena resulta fundamentada sobre prueba de cargobastante y, por ende, no ha existido vulneración alguna de su derecho a la presunción de inocencia, sin que el recurrente, en su legítima discrepancia demuestre arbitrariedad alguna”, finaliza la sentencia.


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