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La selección vasca de pelota no podrá participar en las principales competiciones al no pertenecer a un “Estado soberano”

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MADRID, 26 (SERVIMEDIA)

La selección vasca de pelota no podrá participar en las principales competiciones internacionales de este deporte, como la Copa del Mundo, al no pertenecer a un “Estado soberano” reconocido oficialmente.

Así figura en los Estatutos de la Federación Internacional de Pelota Vasca (FIPV), en la que se establecen los requisitos para poder formar parte de ésta y participar así en las competiciones que organiza.

Fuentes conocedoras de esta legislación informaron a Servimedia de que en los Estatutos de la FIPV, como en los de la mayoría de las federaciones deportivas internacionales, para participar en torneos oficiales hay que proceder de un país reconocido. Además, estas federaciones suelen ser entidades de derecho privado con su propia normativa.

Esto dificulta que la selección vasca de pelota pueda participar en las principales competiciones de esta disciplina. De esta forma, resulta complicado llevar a la práctica el acuerdo de PSOE y PNV en la tramitación de la Ley del Deporte, que busca permitir la participación internacional de las selecciones autonómicas de deportes con arraigo histórico y social.

Los peneuvistas han destacado que esto facilitará que las selecciones vascas de pelota y surf participen en competiciones internacionales de forma independiente a la selección española.

“PAÍSES RECONOCIDOS”

Sin embargo, en el caso de la pelota esto se ve impedido por los Estatutos de la FIPV y por su normativa para celebrar campeonatos oficiales, incluida la Copa del Mundo.

En concreto, en esta regulación de los torneos se habla de que para participar en los mismos un “país” determinado “deberá de estar afiliado a la FIPV”. Los requisitos para esta afiliación se recogen en los Estatutos de la entidad, que se define como “asociación independiente sin ánimo de lucro” y que tiene su sede en Pamplona.

Así, las incorporaciones a esta federación pueden ser “plenas” o “transitorias”. A las “plenas” pueden optar “las Federaciones Nacionales de los países reconocidos como Estados soberanos/independientes por la Comunidad Internacional, que tengan el reconocimiento oficial de su Gobierno y complementariamente el del Comité Olímpico respectivo, u otros órganos correspondientes, así como el control y disciplina del deporte de la pelota en sus países”.

Las afiliaciones “transitorias” se refieren a “las asociaciones o federaciones nacionales de los países reconocidos como Estados soberanos/independientes por la Comunidad Internacional, que estén en período de reconocimiento oficial de su Gobierno, y complementariamente el del Comité Olímpico respectivo u otros órganos competentes correspondientes, que tengan el control y disciplina del deporte de la pelota en sus países”.


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