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Tribunales.-Prisión para el vecino de Los Barrios acusado de abusar sexualmente de una menor con discapacidad

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LOS BARRIOS (CÁDIZ), 23 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la sentencia que la sección séptima de la Audiencia Provincial dictó en 2021, condenando a un vecino del municipio gaditano de Los Barrios a tres años y medios de prisión por abusar sexualmente de una menor discapacitada de forma continuada en 2017

La familia de la joven ha mostrado su satisfacción por dicha ratificación a través de un comunicado y han agradecido el apoyo recibido. No obstante, han lamentado que la legislación vigente vigente no permita un castigo “más severo” para un delito de esta naturaleza, dada “la gravedad del comportamiento y la acción tan deleznables que se han juzgado”.

También han lamentado que “haya quienes trivialicen los sucesos que derivaron en este proceso judicial ahora concluido y muestren su apoyo a un individuo que abusó de una adolescente discapacitada aprovechándose de la relación de confianza que mantenía con su familia y entorno más cercano, a pesar de todas las pruebas en su contra y de sus propias declaraciones autoinculpatorias”.

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“Es triste, doloroso e indignante que algún que otro desalmado nos señale por haber denunciado a quien ha abusado de nuestra hija y diga que se va a meter entre rejas a un inocente, cuando los testimonios, los informes periciales y los tribunales han puesto de manifiesto su culpabilidad con un pronunciamiento que ya no es recurrible”, ha señalado el padre de la chica.

La desestimación del recurso de apelación por parte del TSJA ha supuesto la entrada en prisión del condenado, S.F.M., de 52 años de edad, en cumplimiento del auto dictado por la sección séptima de la Audiencia Provincial, el pasado 29 de septiembre, en el que se declara la firmeza de la sentencia.

Aparte del encarcelamiento, el fallo judicial contempla la prohibición de que el autor de los abusos se acerque a menos de 500 metros de la joven, así como a su domicilio o a cualquier otro lugar en el que se encuentre, y también comunicarse con ella, por vía telefónica, telemática o postal, durante diez años. Además, le imponía una indemnización de 6.000 euros para la víctima por daños morales, que ya ha sido abonada, y una medida de libertad vigilada, durante cinco años, una vez salga de la cárcel.

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