HUELVA, 21 (EUROPA PRESS)
El Juzgado de lo Penal número 1 de la Audiencia Provincial de Huelva ha condenado a un hombre a un año y tres meses de prisión por un delito de lesiones por imprudencia grave después de que su perro de raza American Staffordshire terrier –considerada potencialmente peligrosa– atacara a una persona allegada causándole diversas lesiones. Asimismo, en concepto de responsabilidad civil, tendrá que pagar 80.000 euros a esta persona de forma conjunta y solidaria con la entidad contratada para asegurar a su perro.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, considera probado que este hombre salió con el perro en junio de 2020 para llevarlo al veterinario a la revisión de una dolencia generada por una otitis crónica que padecía el animal y se sentó en la terraza de una cafetería, llevando al perro sin bozal de forma “consciente y voluntaria” –aunque la legislación establece la obligatoriedad de su uso para las razas potencialmente peligrosas en lugares y espacios públicos– y que el mismo estaba “ubicado junto al lugar que él ocupaba en la terraza.
En esta circunstancia la víctima, con quien el condenado “mantenía una relación amistosa”, se acercó al lugar donde se encontraba el perro y no fue apercibida por el dueño de que “no podía acercarse” al mismo sin bozal ni de “la dolencia que padecía”.
Así, “al acercarse para acariciarlo, el perro se abalanzó modiéndole en la cara –mentón y cuello– de forma sostenida, al tiempo que tiraba hacia atrás sin dejar de morder hasta que intervino el acusado”.
Como consecuencia de ello, la sentencia señala que sufrió diversas heridas de varios centímetros, así como una lesión traumática que afecta a tejidos blandos, varias excoriaciones faciales, fractura de dos dientes, cervicalgia postraumática y trastorno de estrés postraumático, por lo que para la curación de las heridas precisó de tratamiento médico qurúrgico , tratamiento de antibiótico, de rehabilitación, psicoterapéutico y psicofarmacológico.
Así las cosas, a consecuencias de la lesiones esta persona sufre diferentes secuelas entre las que se encuentran la afectación del nervio mentoniano izquierdo, cicatrices visibles en la zona facial o deformidad visible en el labio inferior. En este sentido, la sentencia apunta que la afectada declaró que tras el suceso “toma medicación por los dolores y por la ansiedad”.
Por ello, el juez considera que los hechos probados son constitutivos de lesiones por imprudencia grave del que el acusado es “autor plenamente responsable” y apunta que las consecuencias que sufrió la víctima “a consecuencia de la grave imprudencia del afectado” afectan “de una forma muy negativa a la personalidad, desarrollo de la vida cotidiana y estabilidad emocional de cualquier persona, más aún si tenemos en cuenta que en el momento en el que se produjeron los hechos esta persona tenía 30 años”.
Asimismo, según recoge el fallo, se concede al condenado la suspensión de ejecución de la pena de prisión condicionada a que no delinca en un periodo de dos años y a que abone el importe de la cuantía impuesta por responsabilidad civil. Esta suspensión será revocada en caso de incumplir alguna de estas dos condiciones.
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