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Condenado a prisión permanente revisable el hombre que asesinó en Elche al hijo de siete meses de su expareja

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ALICANTE, 19 (EUROPA PRESS)

La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Alicante, con sede en Elche, ha condenado a prisión permanente revisable a un hombre por asesinar a golpes a un bebé de siete meses, hijo de su expareja, en la citada ciudad en mayo de 2021.

La sentencia, dictada de conformidad con el veredicto emitido por un jurado popular, absuelve del crimen a la madre del menor, pues no ha quedado acreditado que aceptara “las posibles consecuencias que para la propia integridad física” del niño, “incluyendo la propia vida, suponía dejarlo al cuidado” del condenado, según ha informado este miércoles el TSJCV en un comunicado.

La magistrada que presidió el tribunal sí ha condenado a la progenitora, al igual que a su compañero sentimental, a un año de cárcel por un delito de malos tratos del artículo 153 del Código Penal. No obstante, absuelve a ambos del delito de malos tratos habituales.

Según el relato de hechos probados recogido en la resolución, el 15 de mayo de 2021, mientras se hallaban en un establecimiento público el ahora penado reprendió al menor “con una violencia desproporcionada” y le propinó “una fuerte bofetada en la cara”.

Esa acción fue presenciada por la madre de la víctima, quien, “lejos de proteger a su hijo o recriminar la acción” a su pareja, “lo toleró”, precisa la sentencia a continuación. De ahí que ambos hayan resultado condenados por esos malos tratos puntuales.

Nueve días más tarde, el 24 de mayo, la mujer se fue a trabajar y dejó al niño al cuidado del otro acusado en el domicilio familiar, ubicado en Elche. El hombre golpeó entonces hasta en cuatro ocasiones con gran violencia al niño en la cabeza y le provocó lesiones que le causaron la muerte.

La sentencia, que puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, impone al condenado la pena de prisión permanente revisable como autor de un delito de asesinato con agravantes de alevosía y parentesco y le obliga a indemnizar al padre biológico del bebé con 25.000 euros por los daños morales.


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