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Urbanismo determina que “no será necesario” un informe para BIC si “solo” son obras de mantenimiento y limpieza

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SEVILLA, 12 (EUROPA PRESS)

El Servicio de licencias e inspección urbanística de la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente ha elaborado un informe, que será sometido a la toma de conocimiento de la Comisión Ejecutiva de la Gerencia de este jueves 13 de octubre, en el que aclara que las “obras de mantenimiento o limpieza de un Bien de Interés Cultural (BIC) o Jardín Histórico o su entorno, si se asegura que no se produce ningún cambio o modificación en el bien ni en sus instalaciones, ni en su pintura o acabado exterior, sino que se trata solo de trabajos de limpieza y mantenimiento, podríamos entender que no es necesaria la autorización de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico”.

Así se recoge en la informe que firma la jefa del Servicio de licencias e inspección urbanística consultado por Europa Press y en el que se alude a “conversaciones mantenidas” con el Servicio de Bienes Culturales de la Dirección Territorial de Cultura y Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía a raíz de las cuales “se ha convenido, en aras a una mayor simplificación administrativa, evaluar el alcance de las obras y actuaciones que se remiten” por parte de la Gerencia a la citada dirección para que sea objeto de dictamen por la Comisión de Patrimonio.

El Servicio de licencias argumenta que entran en éste “peticiones para el mantenimiento y limpieza de edificios que no producen ningún cambio o modificación en el mismo y que se elevan a dictamen de la Comisión porque son BIC monumento, jardín histórico o su entorno”. Ante esta situación y “a la vista” del artículo 33 de la vigente Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía, aunque las obras de mantenimiento o limpieza recaigan sobre los “indicados BIC monumento, jardín histórico o su entorno, ni se asegura que no se produce ningún cambio o modificación en el bien, ni en sus instalaciones, ni en su pintura o acabado exterior, sino que se trata solo de trabajos de limpieza y mantenimiento, podríamos entender que no es necesaria la autorización de la Comisión Provincial de Patrimonio”.

Por tanto, concluye el informe del Servicio de licencias que “no será necesaria la remisión de expedientes o documentaciones cuyo objeto sean las intervenciones descritas y, todo ello, por acuerdo entre el propio Servicio de Bienes Culturales y este Servicio de licencias e inspección urbanística”.


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