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El Supremo juzga este miércoles por desobediencia a la diputada de la CUP Eulàlia Reguant

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La Fiscalía pide que sea condenada a cuatro meses de cárcel e inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo

MADRID, 28 (EUROPA PRESS)

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo juzgará este miércoles a la portavoz de la CUP en el Parlament, Eulàlia Reguant, por un presunto delito de desobediencia grave a la autoridad por negarse a contestar a las preguntas de la acusación popular de Vox durante el juicio del 1-O, donde compareció como testigo en febrero de 2019.

Está previsto que Reguant acuda al Alto Tribunal acompañada de una delegación de Esquerra Republicana (ERC) formada por la portavoz adjunta de la formación en el Parlament, Meritxell Serret; las portavoces del Senado, Mirella Cortès y Sara Bailac; y las diputadas del Congreso Pilar Vallugera, Marta Rosique y Maria Dantas.

El juicio que se celebrará mañana se había fijado para los pasados 1 y 2 de marzo, pero el primer día se suspendió después de que el tribunal estimase una cuestión previa de la defensa al entender que se había podido producir un error en la tramitación de la causa.

La defensa sostuvo ese día que se había dado una vulneración de los derechos procesales toda vez que un juzgado madrileño abrió juicio oral sin ser competente para ello, ya que por la condición de aforada de Reguant el caso correspondía al Supremo.

La Sala Segunda ha declarado pertinentes las pruebas propuestas tanto por la Fiscalía como por la defensa de Reguant, que incluyen en ambos casos el interrogatorio de la acusada, la cual podrá declarar en catalán, como había reclamado.

En su escrito de acusación, presentado el pasado 4 de abril, la Fiscalía interesaba para la parlamentaria catalana una pena de cuatro meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo, así como una condena en costas.

Los hechos se remontan al juicio a los líderes independentistas por el 1-O, cuando la representante de la CUP declinó responder a Vox, que ejercía la acusación popular, algo de obligado cumplimiento para un testigo.

“DEBER MORAL”

En su escrito de defensa, Reguant esgrimió que guardó silencio porque consideró que contestar a Vox le supondría “un innegable perjuicio moral”, aduciendo que actuó “guiada por una suerte de objeción de conciencia, un sentimiento de deber moral de rehuir del papel discriminatorio y abusivo seguido por la acusación popular”.

En cualquier caso, la acusada calificó la petición de pena de la Fiscalía de “desproporcionada”, recalcando que, de ser condenada, “podría tener consecuencias de carácter electoral”. “Al menos desde que esta Sala Segunda del Tribunal Supremo así lo interpretó en el caso del exdiputado de Unidas Podemos, Alberto Rodríguez”, recordó.

Su letrado también apuntó que la conducta de Reguant ya fue sancionada mediante un acuerdo de corrección disciplinaria, iniciado y terminado por la Sala de lo Penal del Supremo en 2019, y que dicho acuerdo se saldó con la imposición de una multa de 2.500 euros, alertando en este sentido de que con este juicio se estaría vulnerando el principio ‘non bis in idem’.

JUICIO A BAÑOS

Al margen, está previsto que el jueves, a las 13 horas, el Juzgado de lo Penal Número 30 de Madrid juzgue al exdiputado de la CUP Antonio Baños por un delito de desobediencia, también por negarse a contestar a las preguntas de la acusación popular de Vox durante el juicio del 1-O, donde compareció como testigo en febrero de 2019, según han confirmado a Europa Press fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Baños ha defendido públicamente que su decisión de no contestar a las preguntas de los de Santiago Abascal Vox en el Supremo fue un gesto “para marcar un límite y demostrar que el fascismo no puede entrar en ninguna institución, en la judicial tampoco”.

A diferencia de Reguant, para quien la Fiscalía pide cuatro meses de prisión e inhabilitación, Baños se enfrenta a una petición de seis meses de prisión. Fuentes fiscales consultadas por Europa Press han asegurado que lo más probable es que el fiscal rebaje la pena y la iguale a la de diputada de la CUP, que está acusada por los mismos hechos. Dicha modificación, sin embargo, no podrá hacerse hasta el final del juicio, cuando el Ministerio Público eleve a definitivas sus calificaciones provisionales.


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