ASCEL pide la suspensión de las resoluciones del día 9 y el tribunal no decidirá hasta conocer las razones de la administración
SANTANDER, 20 (EUROPA PRESS)
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha emplazado a la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente del Gobierno regional a que dé cuenta de la motivación que respalda las autorizaciones para la caza de lobos acordadas el pasado 9 de septiembre, en concreto de tres ejemplares.
En un auto dictado este martes, el tribunal da a la administración autonómica un plazo que concluye este miércoles, a las dos de la tarde, para que presente sus razones, de modo que los jueces puedan “analizar la urgencia de la extracción” de cánidos.
La Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico (ASCEL) presentó un recurso contencioso-administrativo contra las autorizaciones dictadas por el Ejecutivo autonómico el pasado 9 de septiembre y contra las resoluciones del día 14 que desestimaban los recursos de alzada de la asociación.
Agotada la vía administrativa, ahora ASCEL acude a los tribunales para impugnar las decisiones del Gobierno y para solicitar la adopción de una medida cautelarísima o cautelar urgente, consistente en la suspensión de las autorizaciones sin que la administración demandada sea escuchada.
Pero el tribunal razona en su auto que la suspensión de las resoluciones ‘inaudita parte’ es “una excepción que requiere de una especial urgencia o necesidad imperiosa de decidir de manera inmediata el conflicto”.
En este caso, continúa la Sala, “es compatible con la posibilidad y necesidad de oír a la administración, a los efectos de conocer la motivación que sustenta la resolución” y “analizar la urgencia de la extracción” de ejemplares de lobo.
Por lo tanto, el tribunal ha decidido escuchar a la administración antes de resolver sobre el incidente cautelar, esto es, sobre si las autorizaciones quedan o no en suspenso en tanto se resuelve el procedimiento principal.
Y es que la Sala resolverá ahora las medidas cautelares, pero tendrá que tramitar todo el recurso antes de conocer el fondo del asunto y pronunciarse sobre la legalidad o no de las resoluciones impugnadas.
DENEGADA LA MEDIDA CAUTELAR CONTRA LAS RESOLUCIONES DE JUNIO
Por otro lado, la Sala ha celebrado esta mañana la comparecencia a la que estaban convocadas la administración y ASCEL para alegar acerca de la denegación de la medida cautelar solicitada por la asociación conservacionista en el recurso que presentó contra las resoluciones del mes de junio en las que se abría la puerta a la caza de lobos.
ASCEL alegaba, para pedir por segunda vez la suspensión de las mismas, que las circunstancias habían cambiado respecto de la situación existente en julio, cuando la sala denegó la medida, debido a la publicación de las autorizaciones del 9 de septiembre para la caza del lobo.
El pasado viernes la Sala denegó la medida cautelarísima manifestando que “tomar la medida cautelar solicitada por la actora implica dejar provisionalmente sin efectividad alguna la resolución del 9 de septiembre, lo cual es equivalente a suspender cautelarmente la ejecutividad de la misma”.
Este martes, tras escuchar las alegaciones de ambas partes, se ratifica en su decisión y esgrime “la imposibilidad de suspender, en este procedimiento, la eficacia de las resoluciones de 9 de septiembre”.
Así las cosas, queda denegada la medida cautelar que pedía suspender las resoluciones del pasado mes de junio, si bien la Sala tendrá que entrar en el fondo del asunto y dirimir si esas resoluciones se ajustan o no a derecho.
Por otro lado, y en otro procedimiento distinto, la Sala espera a escuchar a la administración demandada para decidir si suspende o no las autorizaciones del 9 de septiembre.
- Te recomendamos -