GRANADA, 18 (EUROPA PRESS)
Los jamoneros de la Indicación Geográfica Protegida ‘Jamón de Trevélez’ han formalizado ante los tribunales su recurso contra las resoluciones del Ministerio de Agricultura que promueven el registro de una nueva IGP general para el ‘Jamón Serrano’ y reclaman que se suspenda su tramitación administrativa en España y, en consecuencia, también en el seno de la Comisión Europea hasta que haya un pronunciamiento firme de la justicia española.
Estos productores sostienen que la creación de la IGP Jamón Serrano “devalúa las figuras de calidad diferenciada”, supone un “engaño al consumidor” y perjudica a los pequeños productores situados en zonas rurales, en este caso la Alpujarra de Granada, donde esta actividad genera empleo y evita el despoblamiento.
El recurso, al que ha tenido acceso Europa Press, ha sido presentado ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid –competente en la materia– y se suma al que en el mismo sentido han presentado, entre otros colectivos, la Asociación Origen España –que aglutina 86 Denominaciones de Origen Protegida e Indicaciones Geográficas Protegidas en todo el país de productos agroalimentarios–.
En él se hace hincapié en que las entidades que solicitaron el registro de la IGP Jamón Serrano se encuentran “extinguidas desde hace años” y se lamenta que, pese a ello, “el Ministerio de Agricultura haya seguido tramitando este expediente, que parece ahora impulsar en nombre propio” cuando “debió haber declarado su terminación” de acuerdo a la normativa vigente.
Respecto a los motivos de fondo por los que a su juicio no debe prosperar esta iniciativa, mantienen que la expresión ‘Jamón Serrano’ “no es una indicación geográfica” ni “un nombre que sirva para identificar un producto como originario de un territorio concreto”. Y es que “la zona de elaboración delimitada en el pliego de condiciones abarca todo el territorio de España” y, según sostienen, “es tan absurdamente amplia que adolece de la necesaria homogeneidad que justifique la existencia de un vínculo entre el producto y el medio geográfico en el que se elabora”.
Así, “el pliego de condiciones actual permite la elaboración de la IGP ‘Jamón Serrano’ en cualquier punto de la geografía española, incluidas las islas, olvidándose de cualquier criterio técnico en la delimitación de la zona y cualitativo en las características del producto resultante”.
ENGAÑO AL CONSUMIDOR
Los productores del Jamón de Trevélez consideran por tanto que la IGP Jamón Serrano por sí misma “resultará engañosa para los consumidores”, pues su expectativa ante la expresión ‘Jamón Serrano’ que, “además iría ligada al sello IGP, será la de estar ante un jamón elaborado en la sierra y secado en ambiente natural, cuando en realidad el pliego de condiciones permitirá la certificación de jamones no elaborados en la sierra y secados haciendo uso de aparatos de control artificial de la temperatura ambiental”.
En el recurso se hace alusión a la oposición mayoritaria que ha recibido esta iniciativa desde los distintos consejos reguladores “que consideran que esta IGP desvirtúa la imagen de estas figuras de calidad oficialmente reconocidas y conllevaría una merma a la credibilidad del sistema, pues suponer reconocer como IGP un producto genérico”. También la Federación Empresarial de Carnes e Industrias Cárnicas (FECIC) se ha mostrado en contra.
Junto a ello, añaden que el expediente arrastra varios años de tramitación sin que se haya podido obtener el registro de esta IGP en el seno de la Comisión Europea, lo que ven como una “evidencia” de que no cumple los requisitos para materializarse. En todo caso, advierten de que en el actual escenario, en el que la decisión del Ministerio de Agricultura de seguir adelante con esta iniciativa ha sido recurrida en sede judicial, España puede todavía remitir el expediente a la Comisión para que realice su examen, llegando incluso a poder concederse el registro de la IGP para toda la Unión Europea.
Por ello, piden que, como medida cautelar, se suspenda la tramitación administrativa y se ordene a la Administración comunicar a la Comisión Europea esta decisión judicial a fin de que se abstenga de continuar con la tramitación de los expediente para que en Europa no se tome una decisión contraria a lo que más tarde pueda decidir la justicia española.
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