MADRID, 04 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Supremo hace frente a este nuevo año judicial con una plantilla mermada debido a la imposibilidad del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de realizar nuevos nombramientos. Y lo hace pendiente de hacer pública la sentencia relativa al caso de los ERE de Andalucía, y de pronunciarse sobre los recursos presentados por Ciudadanos, Vox y PP –entre otros– contra los indultos de los líderes del ‘procés’ independentista en Cataluña.
En un arranque de curso muy similar al de 2021, en el Supremo sufren, si cabe todavía más, las consecuencias del bloqueo político en la renovación del CGPJ. Cabe recordar que PSOE y Unidas Podemos impulsaron y sacaron adelante una reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) en marzo de 2021 que prohibía al órgano de gobierno de los jueces realizar nombramientos discrecionales en la cúpula judicial estando en funciones, situación en la que se encuentra desde diciembre de 2018.
La consecuencia directa de esto es que el Supremo va sacando su trabajo adelante pero a medio gas y sumando nuevas vacantes. De hecho, en octubre de 2021 la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo (TS) aprobó un informe del Gabinete Técnico en el que avisaba de que el hecho de no cubrir los nuevos huecos implicaría que al año se realizaran 1.000 sentencias menos.
El Supremo calcula que a finales de 2022 el total de vacantes ascenderá a 16, lo que supone alrededor del 20 por ciento de su plantilla total de 79 magistrados. A éstas habría que sumar otras dos vacantes más en caso de que el órgano de gobierno de los jueces decida en este mes de septiembre, como aseguran fuentes consultadas por Europa Press, que los magistrados que deben nombrar para el Constitucional han de salir del Supremo.
INDULTOS DEL PROCÉS
En cualquier caso, el Tribunal Supremo (TS) deberá dar respuesta a asuntos pendientes del curso anterior, como su pronunciamiento sobre los indultos parciales del Gobierno a los líderes del procés independentista catalán.
Antes del verano, la Sala de lo Contencioso-Adminsitrativo corrigió su decisión inicial de rechazar los recursos presentados contra esos indultos. En una primera ocasión, entendió que los partidos carecían de interés legítimo para impugnar esa medida de gracia, pero ahora sí que admite los recursos contra esa decisión y los estudiará para pronunciarse sobre el fondo del asunto.
Así, la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS acordó por una mayoría de tres votos frente a dos estimar los recursos de reposición interpuestos contra los autos por los que la misma sección inadmitió los recursos contencioso-administrativos presentados contra los Reales Decretos por los que fueron indultados nueve de los condenados en la causa del ‘procés’.
LA CAUSA DE LOS ERE
Por otro lado, el Alto Tribunal deberá hacer pública la sentencia relativa al uso irregular de subvenciones autonómicas para los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) de la Junta de Andalucía.
El fallo de esa resolución, que se espera extensa, fue adelantado ya y confirma la condena a los ex presidentes de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán. Cabe recordar que el primero fue condenado a 9 años de inhabilitación por prevaricación, mientras que el segundo fue sentenciado a 6 años de cárcel por prevaricación y malversación, lo que le sitúa ahora a un paso del ingreso en prisión.
A la espera de conocerse la sentencia y el voto discrepante de las magistradas Ana Ferrer y Susana Polo, la familia de Griñán ya ha presentado la petición de indulto ante el Ministerio de Justicia, según informaban en nota de prensa esta misma semana.
ANNA GABRIEL Y PUIGDEMONT
Por otro lado, el Supremo arrancará el curso recibiendo a la ex diputada de la CUP Anna Gabriel el 14 de septiembre. Declarará ante el magistrado instructor del ‘procés’ Pablo Llarena como procesada por un delito de desobediencia por su posible implicación en la Declaración Unilateral de Independencia (DUI) de Cataluña.
Gabriel se entregó al alto tribunal el pasado 19 de julio, después de pasarse cuatro años huida en Suiza tras ser procesada en 2018. Ese mismo día, Llarena dejó sin efecto la declaración de rebeldía que pesaba sobre Gabriel y avanzó que la citaría para declarar en fechas cercanas, si bien hasta entonces optó por dejarla en libertad.
En los pasillos del Palacio de Justicia también siguen pendientes de la decisión que pueda adoptar el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la cuestión prejudicial que elevó el juez Llarena después de que bélgica rechazara entregar al exconseller catalán Lluis Puig.
Se da la circunstancia de que el pasado 14 de julio, el Abogado General del TJUE consideró que la Justicia belga no podía rechazar la entrega de los encausados por el ‘Procés’ reclamados, entre ellos el expresidente catalán Carles Puigdemont, basándose en el riesgo de que se violen sus derechos fundamentales si no demuestra deficiencias sistémicas y generalizadas en España, ni puede poner en duda las competencias del Supremo como autoridad para emitir tales euroórdenes.
La opinión del Abogado General no es vinculante para el TJUE pero en la gran mayoría de los casos las sentencias dictadas por la Justicia europea siguen la línea marcada por estos dictámenes.
ALBERTO CASERO
Otra de las causas que sigue el Supremo es la relativa al diputado del PP Alberto Casero, investigado por determinados acuerdos y contratos de servicios que habría realizado entre 2017 y 2018, cuando era alcalde de Trujillo (Cáceres), sin seguir los procedimientos administrativos legalmente establecidos.
En junio, la defensa de Casero pidió al Supremo que archivara el procedimiento al considerar que no existen indicios que permitan atribuirle ni prevaricación ni malversación en esos contratos.
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