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Tribunales.-Condenado el Ayuntamiento de Guadalcanal a readmitir a una empleada de ayuda domiciliaria despedida

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Llevaba cuatro años trabajando para el Consistorio mediante sucesivos contratos temporales

SEVILLA, 1 (EURO0A PRESS)

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado al Ayuntamiento de Guadalcanal (Sevilla) a readmitir en su puesto “como indefinida no fija” a una mujer que prestó servicios como auxiliar de ayuda a domicilio para dicho consistorio entre 2014 y 2018, mediante ocho contratos temporales encadenados uno tras otro, hasta que la administración local prescindió de ella.

En una sentencia emitida el pasado 22 de mayo y recogida por Europa Press, el TSJA aborda un litigio promovido por una mujer, que entre 2014 y 2018 trabajó para el Ayuntamiento de Guadalcanal como auxiliar de la ayuda domiciliaria, mediante ocho contratos temporales concatenados uno tras otro.

Después de que el Ayuntamiento de Guadalcanal prescindiese de sus servicios en marzo de 2018, esta mujer interpuso una demanda por despido contra dicha Administración local, tras lo cual el Juzgado de lo Social número dos de Sevilla admitió su demanda, declaró improcedente el despido y condenó al Ayuntamiento a que readmitiese a la empleada en su puesto o le abonara una indemnización de 3.057,45 euros.

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Frente a ello, la mujer recurrió dicha sentencia en suplicación ante el TSJA, esgrimiendo que el convenio colectivo del Ayuntamiento de Guadalcanal “establece que la empresa se compromete a readmitir con todos sus derechos a todos los trabajadores sobre los que recaiga sentencia de despido improcedente o nulo, salvo cuando el trabajador/a opte por la indemnización”.

Según la representación de la empleada, ha mediado una infracción de dicho convenio colectivo, avisando de que “la sentencia recurrida no debió otorgar al Ayuntamiento el derecho de opción, sino condenarlo a la readmisión de la actora”.

Tras analizar el asunto, el TSJA ha estimado el recurso de suplicación de la trabajadora, revocando la sentencia inicial impugnada y condenando al Ayuntamiento de Guadalcanal “a readmitir a la actora en su puesto de trabajo como indefinida no fija y al abono de los salarios dejados de percibir”.


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