El pasado 20 de mayo entró en vigor la nueva normativa de las Inspecciones Técnicas de Vehículos (ITV) para adaptarla a la legislación europea. Entre los principales cambios destaca la diagnosis de los vehículos mediante sistemas informáticos y electrónicos y la especial atención a la contaminación de las emisiones de los tubos de escape.
Con las nuevas directrices, las inspecciones españolas se adaptarán a las prescripciones realizadas por la Unión Europea en la Directiva UE 2014/45 y se espera que las estaciones de ITV se vayan adaptando poco a poco a la nueva normativa. El objetivo es que a lo largo de 2018 todas las ITV de la Comunidad Autónoma de Aragón, al igual que las del resto de las regiones españolas y comunitarias, se hayan adaptado a la nueva normativa.
El Ministerio de Economía, Industria y Competitividad y las comunidades y ciudades autónomas elaborarán en los próximos meses un nuevo Manual de Procedimiento de Inspección de las estaciones de ITV acorde con la normativa europea. A partir de ahora, los operadores actuales tienen un año adicional para adaptar sus instalaciones y equipos a los nuevos requerimientos, acreditar el cumplimiento de las nuevas obligaciones y obtener su acreditación como organismos de inspección de tercera parte, si aún no la tienen. En la Comunidad Autónoma de Aragón todos los operadores de estaciones de ITV disponen de la acreditación de ENAC.
En ningún caso, estos cambios supondrán un encarecimiento de las tarifas en vigor, aprobadas por el Gobierno de Aragón a finales de 2017.
Las novedades más importantes
En primer lugar, los conductores tendrán la posibilidad de elegir la estación donde pasar la segunda inspección tras la obtención de un resultado desfavorable en la primera. La segunda estación elegida por el usuario comprobará la reparación de los elementos defectuosos. No obstante, si durante la inspección para la verificación de la reparación de defectos se detectasen otros defectos, estos mismos defectos determinarán, igualmente, el resultado de la inspección, en función de su calificación.
Si la segunda inspección es realizada en la misma estación de ITV donde se efectúo la primera inspección y en un plazo inferior a dos meses, computados desde el día siguiente a la fecha de la primera inspección, estará exenta del pago de tarifa en la Comunidad Autónoma de Aragón. Si es realizada en otra estación de ITV deberá abonar la tarifa correspondiente.
Por otro lado, las estaciones utilizarán herramientas de lectura del sistema de diagnóstico a bordo (OBD) y contarán con ordenadores que se conectarán a la centralita del vehículo. Se iniciará con el control a vehículos de las categorías de emisiones EURO 5 y 6 y EURO VI y será aplicable a partir del 10 de septiembre de 2018. Progresivamente, se irán controlando otros sistemas electrónicos como, por ejemplo, el sistema antibloqueo de frenos, el control de estabilidad, los airbags o los pretensores de los cinturones de seguridad cuando el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad publique el nuevo Manual de Procedimiento.
Otra novedad es la inspección del cuentakilómetros, comprobando que no esté manipulado o fuera de servicio. Si se aprecia que el dispositivo cuentakilómetros y/o sus conexiones han sido manipulados o resulta imposible la visualización de los kilómetros recorridos, se calificará como defecto grave. Los kilómetros indicados en el cuentakilómetros se anotan en el informe de inspección y se registran en la base de datos de la Dirección General de Tráfico.
Es destacable también que la nueva normativa asegura la imparcialidad de los operadores de estaciones de ITV mediante incompatibilidades específicas del comercio de vehículos y de las empresas de transporte por carretera –incompatibilidades ya recogidas junto con otras, como talleres de reparación o centros de diagnosis de vehículos, gestorías administrativas, compañías o mutuas aseguradoras en el ámbito de la automoción y peritos tasadores y agentes de seguros del campo del automóvil, en el Decreto autonómico que regula el sector- y la exigencia de que todas las estaciones de ITV estén acreditadas como organismo de inspección de tercera parte, tipo A conforme a la norma UNE/EN/ISO 17020.
La formación pasa a ser un aspecto importante y, de esta forma, se reforzarán los procedimientos de formación de los inspectores, con formación de actualización cada tres años y permitiendo la formación profesional y ‘online’. Los candidatos a inspector deberán tener la titulación de técnico superior en automoción u otras equivalentes, o bien, la titulación de técnico en electromecánica de vehículos automóviles u otras similares. En este último caso, con una experiencia de tres años.
En cuanto a la contaminación, a partir del 10 de septiembre las estaciones calificarán como graves aquellos códigos de errores, en relación con las emisiones contaminantes, que se lean en el OBD de vehículos de las categorías de emisiones EURO 5 y 6 y EURO VI.
En otro orden de cosas, se abre la posibilidad de pasar la ITV hasta un mes antes de la fecha de su vencimiento, sin que por ello se modifique la fecha de la siguiente inspección y se admite la ITV periódica realizada en otro Estado miembro de la Unión Europea cuando se solicite su matriculación en España. En este caso se realizará únicamente una inspección previa de comprobación de características técnicas para poder emitir una documentación española y matricular el vehículo.
Se flexibilizan, igualmente, algunos requisitos para los vehículos de alquiler. A partir de ahora tendrán que realizar la primera inspección a los cuatro años de la matriculación, en lugar de a partir del segundo, como venían haciendo hasta ahora. Para este cambio en la normativa ha sido clave el buen estado del parque automovilístico de vehículos de alquiler y en consecuencia la baja incidencia en las ITV. El requisito de antigüedad para la catalogación de un vehículo histórico aumenta el número de años necesarios: antes eran 25 y ahora pasan a ser 30 desde su fabricación o en el momento de su primera matriculación.
Finalmente, las estaciones de ITV requerirán la acreditación del seguro obligatorio previamente a pasar inspección en cada inspección ordinaria o extraordinaria del vehículo y desaparece la denominación del resultado Favorable con Defectos Leves, en solo Favorable, Desfavorable o Negativa. No obstante, los defectos leves deberán repararse en un plazo máximo de dos meses sin que sea necesario una nueva inspección para comprobar que han sido reparados, salvo que el vehículo tenga que volver a ser inspeccionado por haber obtenido la inspección desfavorable o negativa.
La Comunidad Autónoma de Aragón cuenta con 30 estaciones de ITV, repartidas entre Huesca (10), Teruel (8), y Zaragoza (12).
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