SEVILLA, 8 (EUROPA PRESS)
La Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla ha zanjado el juicio celebrado la pasada primavera por la pieza de la macrocausa de las irregularidades detectadas en dicha empresa de capital de riesgo, adscrita a la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA), correspondiente al préstamo puente de 100.000 euros concedido por la misma a la sociedad gaditana Lolita Canalla, absolviendo al expresidente de Invercaria Tomás Pérez-Sauquillo y a los dos restantes acusados, según avanzaba Diario de Sevilla y han confirmado a Europa Press fuentes del caso.
Durante su comparecencia como acusado, Pérez Sauquillo, condenado a tres años y medio de cárcel por el préstamo de Invercaria a la empresa Aceitunas Tatis, a dos años y tres meses de prisión por los gastos de personal de la citada entidad y a tres años de cárcel por el préstamo participativo de 300.000 euros concedido a la empresa jiennense Fumapa; aseguraba que no conocía “absolutamente de nada” a los dos restantes acusados y responsables de la sociedad Lolita Canalla.
Y es que además de él, también estaban acusados en este caso la que fuera administradora de Lolita Canalla, María Malo, y su jefe de publicidad y comunicación, Ignacio Jarillo, que habría sido la persona encargada de las gestiones y conversaciones con Invercaria para la consecución del préstamo y quien se encargó de elaborar la documentación que se entregó a la sociedad y de mantener las reuniones con sus responsables.
Mientras según la Fiscalía, la empresa Lolita Canalla estaba “en causa legal de disolución” a la fecha de solicitar el préstamo y de iniciar los contactos con Invercaria, siendo “decisiva” en el asunto “la relación de amistad y vecindad” de Jarillo con Pérez-Sauquillo, este último aseguraba que “jamás” fue “amigo o vecino” del responsable de comunicación de la entidad beneficiaria de los fondos. “No le conocía absolutamente de nada”, aseveraba.
LA “DECISIÓN” DEL PRÉSTAMO
La inversión de Invercaria en la empresa Lolita Canalla, según la Fiscalía, no fue aprobada o informada siquiera por los departamentos de Invercaria, como el comité de dirección e inversiones, tratándose de una “decisión” propia de Pérez-Sauquillo al margen de los procedimientos de la entidad, según el Ministerio Público, que destacaba que la entidad beneficiaria no habría devuelto ni un euro del préstamos recibido.
Pero Pérez-Sauquillo aseguraba al fiscal anticorrupción Fernando Soto que tras recibir en su despacho a Jarillo, quien según sus palabras le propuso que Invercaria invirtiese en Lolita Canalla, él puso el asunto “en manos” del que fuera director de Promoción de Invercaria Cristóbal Cantos, quien según su tesis celebró el resto de reuniones con los responsables de la empresa y se encargó de esta actuación.
PÉREZ-SAUQUILLO SE “DESCONECTÓ”
A partir de entonces, según Pérez-Sauquillo, él se “desconectó” del asunto, alegando que como presidente, se encargaba siempre de la “primera reunión” con los solicitantes de fondos y después derivaba el asunto al departamento correspondiente de Invercaria.
Sí reconocía que participó en la reunión celebrada el 12 de mayo de 2009 en torno al “plan de negocio” de Lolita Canalla, junto con los dos responsables de Lolita Canalla, Cristóbal Cantos y la entonces también directora Laura Gómiz.
En esa reunión, según el expresidente de Invercaria, los responsables de Lolita Canalla pusieron sobre la mesa “toda la documentación” necesaria, en alusión al plan financiero, “las previsiones financieras” y otros aspectos documentales, en demanda de unos “700.00 u 800.000 euros” porque la empresa estaba facturando unos 2,5 millones de euros anuales.
Al punto, Pérez-Sauquillo alegaba que nadie le informó de que la empresa estaba en causa de disolución e insista, reiteradas veces, en que él “no analizaba” los proyectos de inversión porque no era su “función”, correspondiendo tal extremo a los directores.
Mientras Laura Gómiz aseguró en su comparecencia como testigo que en esa reunión ya avisó de que la inversión en Lolita Canalla no era un “proyecto escalable”, –tal y como se denominaba en la entidad a los proyectos propios de capital riesgo–, señalando la supuesta “predisposición” de Pérez-Sauquillo y Cantos a favor de apoyar a dicha entidad; el expresidente negaba además que Gómiz le trasladase que “ese proyecto no pudiese ser financiado”.
LAS “DISCREPANCIAS” ENTRE CANTOS Y GÓMIZ
Al respecto, manifestaba que había “diferencias” o “discrepancias” entre Cantos y Gómiz respecto al carácter escalable o no del proyecto de inversión en Lolita Canalla, agregando que Laura Gómiz estaba “recién incorporada a Invercaria” y “desconocía” que para la Administración andaluza el sector de la moda era “prioritario” a la hora del respaldo institucional.
Según Pérez-Sauquillo, Laura Gómiz nunca habría llegado a manifestarle que el proyecto de inversión en Lolita Canalla tuviese que ser “desestimado”, sino que ella consideraba que para apoyar a la empresa “era conveniente exigir la garantía de los socios”, algo a lo que él dijo “que sí”, según sus palabras. “Hice caso a lo que Laura Gómiz proponía”, aseguraba.
Así, el expresidente explicaba que el préstamo puente de 100.000 euros concedido por Invercaria a Lolita Canalle fue fruto de “las conclusiones” de Cantos y Gómiz, porque él “no llevaba las negociaciones” con la empresa ni era su “función analizar” técnicamente el proyecto de inversión.
El fiscal Fernando Soto, no obstante, elevaba a definitivas sus conclusiones provisionales, reclamando para Pérez Sauquillo seis años de prisión y diez de inhabilitación por un delito de malversación y otros diez años de inhabilitación por un delito de prevaricación; así como dos años y medio de cárcel y once años de inhabilitación para cada uno de los dos responsables de Lolita Canalla, si bien todos ellos han sido finalmente absueltos.
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