MADRID, 02 (SERVIMEDIA)
Las entidades bancarias deben modificar sus procedimientos para garantizar que cumplen la normativa vigente y no pongan trabas a sus clientes en el traslado de las cuentas corrientes de una entidad a otra, según el Banco de España.
El órgano supervisor ha determinado tal consideración después de que la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) denunciara en 2020 esas dificultades que ponían las entidades financieras para evitar que sus clientes llevaran su cuenta corriente de un banco a otro.
En marzo de 2019 entró en vigor una normativa europea para simplificar y facilitar a los consumidores el cambio de cuenta entre entidades y favorecer el nivel de competencia entre los bancos, según recordó este martes la OCU.
Esta organización quiso comprobar, un año después de la entrada en vigor de la norma, si los bancos informaban a los consumidores y cumplían sus obligaciones en el procedimiento de traslado de cuentas.
Entonces, la OCU denunció a 21 entidades ante el Banco de España por impedir la aplicación efectiva de la normativa de traslado de cuentas. Asimismo, presentó una denuncia ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) para que investigara las posibles prácticas desleales derivadas de tal conducta, aún pendiente de resolución.
Las cuestiones destacas por la OCU en su denuncia han sido objeto de una actuación supervisora específica llevada a cabo por el Banco de España, cuyo resultado ha sido la apreciación de deficiencias en el modo en que algunas entidades llevan a cabo el traslado de cuentas, en concreto en relación con la puesta a disposición del formulario de solicitud a los clientes, los motivos alegados por la entidad para denegar el traslado y el modo en que esos motivos se comunican a los consumidores.
Tras confirmar con su inspección las conclusiones alcanzadas por la OCU, el Banco de España ha acordado requerir a las entidades supervisadas para que modifiquen sus procedimientos al objeto de garantizar que se ajustan a la normativa vigente.
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