SANTIAGO DE COMPOSTELA, 1 (EUROPA PRESS)
La sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha absuelto a un acusado de abusar sexualmente de la hija de 14 años de un amigo. El tribunal ha aplicado el principio ‘in dubio pro reo’ –en caso de duda, la sentencia debe favorecer al acusado–, ya que entiende que las pruebas practicadas en el juicio “no han permitido declarar de forma inequívoca que los hechos han ocurrido en la forma descrita en los relatos de hechos de los escritos de acusación”.
Según la sentencia, la única prueba directa con la que cuenta es la manifestación de la víctima, que en la actualidad tiene 18 años. La Sala asegura que existen “importantes contradicciones” en lo que relató en la denuncia, en fase de instrucción, en el juicio “y lo que cuenta a las distintas personas a las que refiere lo ocurrido, que afecta a aspectos relevantes, puesto que tienen relación con todo el contexto en el que se habría producido el acto sexual”.
Además, apunta que “no cuenta con corroboraciones objetivas periféricas ajenas al propio testimonio que permitan generar una certeza suficiente sobre la realidad de los hechos objeto de acusación”.
De este modo, indica que el informe pericial psicológico emitido por el Imelga “no aporta mayor claridad”, ya que establece la valoración final, en términos probabilísticos, como “indeterminada”. Los peritos aclararon en la vista oral que los factores externos al relato, que son criterios de validez, “no lo apoyan para llegar a la declaración de creíble, aunque no lo anulan”.
Los hechos habrían ocurrido entre 2018 y 2019, cuando el varón tenía unos 30 años de edad y mantenía una relación de amistad con la menor, que era hija de un amigo del acusado.
Según consta en la sentencia, la víctima narró en el juicio dos incidentes con el acusado. En primer lugar, “el del churrasco”, en el que la habría chantajeado para que le diera un beso; en segundo lugar, “el de la vivienda”, en el que la habría obligado por la fuerza a mantener relaciones sexuales “contra su voluntad dos veces”.
Por su parte, el investigado admitió en el juicio “su estrecha relación de amistad con el padre de la menor”, así como “su buena relación con ella”.
Asimismo, reconoció haber estado a solas con la denunciante en la casa de sus padres, a donde fue a recoger el asiento de un vehículo, pero negó haber mantenido relaciones sexuales con ella. En su declaración, manifestó que ese día la menor le dijo “que quería tener sexo con él”, ante lo que se negó, por lo que a partir de entonces la relación entre ellos fue “más distante”.
Por todo ello, la Fiscalía pedía 10 años de prisión para el acusado por un delito de abuso sexual con acceso carnal sobre menor de 16 años. Además, solicitaba 16 años de alejamiento sobre la víctima y el pago de una indemnización de 6.000 euros por daños morales.
Ahora, los magistrados inciden en el fallo, ante el que cabe recurso de apelación, que la prueba practicada “no ha servido para despejar las dudas que ofrece el relato de la menor”, por lo que han decretado su absolución.
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