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Ayudas al pago del alquiler 2018

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El importe máximo de las ayudas que podrán recibir los beneficiarios es de 2.400 euros anuales

Se ha abierto la convocatoria de ayudas al pago del alquiler para este 2018 para colectivos específicos. Se pueden acoger:

Personas titulares de contratos de alquiler celebrados a partir del 1 de noviembre de 2017, obtenidos a través de las bolsas de mediación para el alquiler social, o gestionados por entidades sin ánimo de lucro o administraciones o entidades públicas, excepto la Agencia de la Vivienda de Cataluña. El plazo de solicitud para este colectivo finaliza el 31 de octubre.

Personas beneficiarias de las prestaciones económicas de especial urgencia. Para este colectivo, el plazo finaliza el 29 de junio.

Personas beneficiarias de las prestaciones complementarias para dar continuidad al pago del alquiler. Para este colectivo, el plazo finaliza el 29 de junio. 

Con respecto a los requisitos sobre el precio del alquiler, el límite mensual para los pisos de Barcelona ciudad no puede superar los 750 euros; en el caso de la demarcación de Barcelona es de 600 euros; en Girona se ha establecido en un máximo de 500 euros; en Tarragona, 450 euros; en Lleida, 400 euros y en las Terres de l’Ebre el tope es de 350 euros.

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Los ingresos de la unidad de convivencia no pueden superar 1,5 veces el Indicador de Renta de Suficiencia de Cataluña (IRSC), ponderado según número de miembros y zona geográfica.

El importe máximo de la prestación puede ser de 200 euros mensuales (2.400 euros anuales), y el mínimo puede ser de 20 euros al mes (240 euros mensuales).


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